Se avecinan cambios en el uso de las bicicletas y los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) para circular por Madrid. Tal como han confirmado fuentes municipales a este medio, el consistorio aprobará este mismo verano una nueva ordenanza de Movilidad Sostenible, que obligará a llevar casco tanto a los menores de 18 años como a los “riders” independientemente de su edad. La novedad estriba en que actualmente solo deben equipar este accesorio de protección los jóvenes de hasta 15 años, por lo que una vez entre en vigor la actualizada normativa también deberán llevarlo que tengan 16 y 17 años, además de los repartidores que ejerzan su trabajo en bicicleta o patinete eléctrico.
El objetivo de este cambio es incrementar la seguridad de los usuarios, ya que en caso de accidente un golpe en la cabeza puede provocar lesiones fatales. La pacificación de las ciudades, con la expansión de los carriles bici y la reciente reducción de los límites de velocidad permitidos, ha fomentado el uso de estas monturas como alternativa al transporte público y al coche particular. Y consecuentemente también ha conllevado un aumento de la siniestralidad. En 2010, Madrid registró 340 accidentes de bicicleta, una cifra que aumentó a 921 en 2020.
De momento, la capital de España no obligará a contratar un seguro para circular en patinete eléctrico. Sí que lo hará Barcelona, que en el pleno del pasado 30 de abril aprobó por unanimidad modificar la ordenanza de circulación para exigir la obligatoriedad de llevar casco, elementos reflectantes, luces, timbre y contratar una póliza a terceros a los usuarios de los VMP. De todos modos, antes de cambiar el reglamento vigente, esta proposición será sometida a debate en el Pacto por la Movilidad del Ayuntamiento.
Por otro lado, el consistorio madrileño ha informado que, una vez aprobada la modificación de la normativa de movilidad sostenible, obligará a los usuarios de bicicletas y patinetes a estacionar en anclajes específicos, situados la mayoría de ellos en la calzada, con el objetivo de liberar espacio en las aceras para uso y disfrute de los peatones. La ciudad tiene actualmente 1.250 estructuras con cuatro o cinco horquillas de aparcabicis. Para finales de julio se habrán colocado 305 nuevas horquillas, que permitirán sujetar un total de 610 monturas adicionales.
Desde el 2 de enero de 2021, los controladores del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) tienen competencia para sancionar a bicicletas, patinetes, motocicletas y demás VMP de modalidad compartida que incumplan la normativa vigente por estacionar en lugares indebidos. Hasta el 31 de marzo estos agentes habían interpuesto 13.107 denuncias, de las que 9.605 correspondían a patinetes, 2.346 a motocicletas y 1.156 a bicicletas.
Aparcar una bici o patinete en lugar no permitido es una infracción leve que conlleva una multa de 30 euros
Estacionar una bici o VMP en lugar no permitido de forma antirreglamentaria es una infracción leve que conlleva una multa de 30 euros, la mitad de lo que se debe abonar por anclar un vehículo de forma antirreglamentaria.
Más allá de las multas por aparcamiento, los usuarios de patinetes eléctricos también pueden ser sancionados por infracciones como usar el móvil, circular con auriculares, manejar el vehículo bajo los efectos de las drogas o el alcohol, llevar a un pasajero y circular por aceras y zonas peatonales.
Cabe recordar que este año ha entrado en vigor la modificación de los reglamentos de vehículos y circulación, los cuales dan un marco normativo estatal a los VMP. Hasta entonces cada ayuntamiento regulaba su uso, lo que suponía la aplicación de criterios dispares. De hecho, todavía quedan aspectos por regular a nivel nacional, como los accesorios de protección que deben equipar sus usuarios o la edad mínima exigible para conducir estos ejemplares.
En Madrid deben haberse cumplido los 15 años para poder manejar un vehículo de movilidad personal por las vías y espacios públicos. La ordenanza municipal establece que los menores de esa edad solo podrán utilizarlos "cuando éstos resulten adecuados a su edad, altura y peso y circulen en itinerarios autorizados y practicados con guía (desde los 10 años) o bien fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, y acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores".