Del 3 al 9 de mayo está activa una nueva campaña de seguridad vial para vigilar el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se incluyen los populares patinetes eléctricos. En esta ocasión, el Servei Català del Trànsit (SCT) impulsa la iniciativa, que coordina el cuerpo de los Mossos d’Esquadra con agentes de policía local. Así pues, nos encontramos ante un control que se desplegará en todo el territorio autonómico (anteriormente ya informamos de campañas específicas realizadas por la Guardia Urbana de Barcelona).
El objetivo es vigilar que los usuarios de estas monturas cumplen no solo la normativa estatal que entró en vigor el pasado 2 de enero, tras ser aprobado Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, que modifica los reglamentos generales de Circulación y Vehículos, sino también las medidas incluidas en las ordenanzas municipales. Y es que, a pesar de establecer un marco legal genérico a nivel nacional, todavía hay algunos aspectos que la Dirección General de Tráfico (DGT) no ha regulado específicamente y que, por lo tanto, quedan a criterio de cada administración local. Nos referimos, por ejemplo, a establecer cuál es la edad mínima para conducir un VMP o determinar la obligación de disponer de un seguro o equipar casco.
En este sentido, el pasado 30 de abril, el pleno del Ayuntamiento de Barcelona aprobó por unanimidad modificar la ordenanza de circulación para exigir la obligatoriedad de llevar casco, elementos reflectantes, luces, timbre y contratar un seguro a terceros. Antes de modificar la normativa, la propuesta -realizada por Cs- deberá debatirse en el Pacto por la Movilidad que, tal como lo define el consistorio barcelonés, es “un espacio de participación y diálogo con la voluntad de contar con un foro participativo formado por la Administración local y un amplio abanico de asociaciones y entidades de la ciudad para construir un modelo de movilidad basado en el consenso”.
La irrupción del patinete eléctrico para los desplazamientos urbanos ha recibido un mayor impulso durante la pandemia por ser una buena alternativa al transporte público. Además su precio y coste de mantenimiento es muy inferior al de cualquier otro vehículo motorizado. Al igual que el resto de conductores, los usuarios de los VMP deben cumplir la normativa de circulación, de modo que si la infringen deberán hacer frente a una multa que -conviene precisar - nunca llevará aparejada la pérdida de puntos (no es necesario examinarse ni disponer de ningún permiso de conducir para manejarlo). A continuación, presentamos algunas de las infracciones que también son sancionadas cuando las cometen los usuarios de los patinetes eléctricos.
Circular por las aceras y zonas peatonales
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Circulación, como cualquier vehículo a motor, tienen prohibido ir por las aceras y por las zonas peatonales. Tampoco pueden desplazarse por túneles urbanos, travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado.
Exceso de velocidad
El actualizado Reglamento General de Vehículos define los VMP como aquellos vehículos de una o más ruedas “dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos” con una velocidad máxima que oscila entre los 6 y 25 km/h. Así pues, aquellos ejemplares que superen esta velocidad máxima no podrán ser considerados VMP y están sujetos a otras regulaciones. De hecho, se pueden considerar ciclomotores o incluso motocicletas, lo que obliga a matricularlos, asegurarlos y a tener el permiso de conducción para manejarlos con el correspondiente equipamiento (casco obligatorio).
Manejar el vehículo bajo los efectos del alcohol o las drogas
Los usuarios de VMP están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas. Si se niegan a hacerse el test, salvo que la Fiscalía competente de la provincia pueda establecer otros criterios de cara a una posible imputación por delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal, serán denunciados por una infracción administrativa. En el caso de que la prueba dé positivo, el usuario abonará la misma multa que si condujera cualquier otro vehículo, es decir, dependiendo del grado de alcohol en sangre la cuantía podrá alcanzar los 1.000 euros, igual cifra que pagará si tiene presencia de drogas en su organismo. Cabe señalar que los agentes pueden inmovilizarle el vehículo.
Conducir con auriculares
Tal como señala el artículo 18 del reglamento de circulación, “queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido”.
Conducir manejando un dispositivo móvil
Como cualquier otra persona que conduzca un vehículo, el usuario del patinete eléctrico tiene prohibido manejar el teléfono o cualquier otro dispositivo móvil mientras está circulando. En todo caso, el usuario debe mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción.
Viajar con un pasajero
Tal como indica el reglamento de vehículos, los VMP están homologados como ejemplares unipersonales, es decir, disponen de una única plaza. Por este motivo, no pueden viajar dos ocupantes, independientemente de la edad que tengan. Así, los agentes podrán sancionar, por ejemplo, a un adulto que lleve a un menor.
Casco y otros elementos de protección
El marco normativo general aprobado por el Gobierno no especifica al detalle la obligación de llevar elementos de protección. Su uso se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal.
Prendas reflectantes o sistema de alumbrado
Según indica la DGT en una instrucción de 2019, se considerará conducción negligente cuando se realice durante la noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, “el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro”.
Paradas y estacionamientos
Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de los vehículos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea primordialmente del peatón. Así los patinetes deben aparcarse en lugares habilitados para ello.