El patinete eléctrico ha irrumpido en la ciudad con fuerza. Y además lo ha hecho de forma rápida. En pocos años ha crecido sobremanera el número de ejemplares que se mueven por las calles, lo que ha obligado a la DGT a regular este tipo de monturas para garantizar la seguridad vial y velar por la óptima convivencia con el resto de usuarios de la vía (hasta entonces lo hacían los propios ayuntamientos en sus ordenanzas municipales).
La primera reforma legal a nivel estatal que afecta a estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) llegó con la modificación tanto del Reglamento General de Vehículos como el de Circulación, que entraron en vigor el 2 de enero de 2021. Por primera vez se definían e incluían en la normativa a este tipo de ejemplares. Sin embargo, tal como señaló Tráfico, aún quedan aspectos por regular de forma global, como la obligación del uso del casco o la edad mínima para manejar patinetes eléctricos.
Mientras no existe un texto legal de ámbito nacional, siguen siendo los consistorios los que aplican su propio criterio. El inconveniente de ello es que la normativa no es homogénea y cambia según el municipio. Por ejemplo, en Madrid se pueden conducir por la vía pública desde los 15 años, mientras que en Barcelona y Valencia se necesita haber cumplido los 16.
Con el casco sucede lo mismo, pero pronto cambiará la situación porque se convertirá en un accesorio obligatorio para todos los usuarios del patinete eléctrico. Así se acordó ayer en el Congreso durante el trámite de ponencia sobre el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015 en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.
El traumatismo craneoencefálico es la lesión más importante que pueden sufrir los usuarios de los patinetes eléctricos
Los grupos parlamentarios de PSOE, Unidas Podemos, PP, PNV y Ciudadanos habían presentado enmiendas para establecer la obligatoriedad de que los usuarios de VMP, entre los que se incluyen los patinetes eléctricos, lleven esta protección en la cabeza con el objetivo de reducir la gravedad de las lesiones en caso de siniestro. El traumatismo craneoencefálico es, sin duda, el daño físico más importante que pueden sufrir.
Un estudio elaborado por el Servicio de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital del Mar de Barcelona indica que 1 de cada 4 accidentados en patinete eléctrico necesita cirugía. En el informe se han analizado los datos de las personas atendidas en el hospital a causa de estos accidentes -un total de 397- en el período comprendido entre mayo de 2019 y mayo de 2020. Según los datos recogidos en el documento, solo uno de cada cinco heridos llevaba casco en el momento del accidente.
Este elemento resulta vital para proteger a los usuarios. Por ello, es importante establecer la obligación de llevarlo. No en vano nos encontramos ante uno de los colectivos más vulnerables de la vía. Desde el año 1992, los conductores de motos y ciclomotores, así como sus acompañantes, están obligados a utilizarlo tanto en vías urbanas como en interurbanas. En cuanto a las bicicletas, la normativa determina su uso en función de la edad del ciclista y la vía por la que circula.
En las vías interurbanas es obligatorio en todos los casos, en cambio, en las vías urbanas solo están obligados a llevar el casco los menores de 16 años. De todos modos, es recomendable equiparlo siempre. Por seguridad. Incluso a poca velocidad, un golpe en la cabeza puede tener consecuencias fatales.