Requisitos para poder circular sin ser multado con un coche contaminante por la Zona de Bajas Emisiones
Existen una serie de excepciones que permiten a esos vehículos diésel matriculados antes del 2006 o gasolina anteriores a 2000 que puedan obtener el distintivo ambiental de la DGT, aunque por matriculación no corresponda
El pasado mes de enero entró en vigor la nueva normativa que restringe la circulación de los vehículos más contaminantes por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona y los municipios circundantes (l’Hospitalet de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Cornellà de Llobregat y Sant Adrià de Besòs).
Son muchas las ciudades europeas que a raíz de las demandas entorno a la reducción de las emisiones han delimitado en los centros urbanos Zonas de Bajas Emisiones para restringir el acceso de los vehículos más contaminantes. Aunque Barcelona no hizo completamente efectiva la nueva normativa hasta hace un mes, desde el 1 de diciembre de 2017, en caso de episodio de contaminación, la ciudad ya restringía temporalmente la entrada a estas zonas a todos los turismos que no llevasen el distintivo ambiental de la DGT.
Esta restricción afectará a aquellos turismos de gasolina matriculados anteriormente a enero del 2000 (antes de Euro3), a los diésel anteriores a enero del 2006 (antes de Euro4) y a las furgonetas anteriores al 1 de octubre de 1994 (antes de Euro 1).
El dato
Esta restricción afectará a aquellos turismos de gasolina matriculados anteriormente a enero del 2000 (antes de Euro3), a los diésel anteriores a enero del 2006 (antes de Euro4)
Asimismo, a partir del 1 de diciembre de 2018, la restricción se amplió a aquellos vehículos ligeros (motos y ciclomotores) sin etiqueta DGT, anteriores a Euro 2, que corresponden mayoritariamente a los matriculados antes de 2003.
Los taxis y los turismos autónomos también se ven afectados por la normativa, de esta forma la Administración potencia la renovación de estos vehículos por modelos híbridos, eléctricos o de gas.
La aplicación de la nueva normativa tendrá un año de moratoria para las furgonetas, los camiones, los autocares y los autobuses. También dispondrán de este margen de tiempo aquellas personas vulnerables, que acrediten unos ingresos económicos inferiores a 8.000 euros anuales y necesiten el coche para trabajar.
Los vehículos que pertenezcan a alguno de estos grupos no podrán moverse por el área protegida de 95 kilómetros cuadrados los días laborables, entre las siete de la mañana y las ocho de la tarde (quedan fuera de la zona las rondas, el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo, les Planes y la Zona Franca). Estas son la sanciones que conlleva circular por estas zonas sin el vehículo adecuado.
El dato
La ZBE reducirá la circulación de 125.000 vehículos excesivamente contaminantes y disminuirá un 15% la contaminación del aire de Barcelona en 2024
Según estima el propio Ayuntamiento de la ciudad, la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones en la capital catalana supondrá la reducción de circulación de 125.000 vehículos excesivamente contaminantes y, en su consecuencia, una disminución del 15% de la contaminación del aire de Barcelona en 2024.
Cabe decir que a nivel nacional aún no existe una legislación que obligue a llevar el distintivo en el coche, no obstante su uso puede serlo según las regulaciones de cada ayuntamiento. Barcelona, por ejemplo, aunque no obligue a los vehículos a llevar el distintivo pegado, el Ayuntamiento de la ciudad aconseja hacerlo para facilitar la tarea de control de la Guardia Urbana, que, por medio de cámaras de videovigilancia instaladas en las entradas y salidas de la ciudad y en el interior del núcleo urbano, comprobará las matrículas de los vehículos y sancionará a los que no sean aptos . Por lo tanto, antes de circular por cualquier ciudad es recomendable consultar las ordenanzas municipales y comprobar si es obligatorio o no.
Las excepciones
Pero, según el Racc, dentro de esta normativa existen una serie de excepciones que permitiría a esos vehículos matriculados antes del 2006 o gasolina anteriores a 2000 que puedan obtener el distintivo ambiental de la DGT, aunque por matriculación no corresponda.
El motivo se encuentra en que la obtención del distintivo se rige solamente por el año de matriculación del vehículo. ¿Qué significa esto? Quiere decir que, en su día, algunos fabricantes se adelantaron a la normativa creando vehículos que cumplían con los requisitos actuales que se requieren para circular en la ZBE. Según el Racc, este error ya ha sido reconocido por la DGT y está en fase de cuantificación.
El dato
Para saber si tienes la posibilidad de adquirir el distintivo deberás revisar la fiche técnica del vehículo para saber si cumple con la normativa EURO correspondiente
Para saber si tienes la posibilidad de adquirir el distintivo no hace falta que lo consultes en la web porque siempre dará negativo si sales de la fecha. Lo que debes hacer es revisar la ficha técnica del vehículo para saber si cumple la normativa EURO correspondiente, en el caso de los diésel, la Euro 4, y en los gasolina, la Euro 3. Si esta información no aparece en el documento, deberás solicitar un certificado al fabricante a través de un concesionario de la marca. En el caso de que la respuesta sea afirmativa, y el vehículo cumpla con la normativa, deberás pasar una ITV y pedir que modifiquen tu ficha técnica para que los datos queden actualizados en la base de datos. También tendrá que pedir cita previa en la Prefectura Provincial de Tránsito para que te hagan un duplicado de la ficha que permita la circulación.
¿Cómo conseguir el distintivo?
Una vez sabes en qué categoría clasificar a tu vehículo, la adquisición del distintivo se hace a través de Oficinas de Correos, la red de talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA) y otras redes de talleres autorizados, Gestores Administrativos, el Instituto de Estudios de Automoción (IDEAUTO) y para el caso de flotas, puedes obtener los distintivos a través de la asociación Ganvam.
¿Cuánto vale?
Su precio de compra ronda los 5 euros y la documentación que necesitarás para recogerla serán el permiso original de circulación del vehículo y tu documento oficial de identificación personal (DNI, NIE o Pasaporte).
Si quieres hacer el proceso a través de internet, puedes realizarlo en la web de Correos. La única diferencia es que en este caso deberás adjuntar una imagen clara de los dos documentos mencionados.