La reforma de la ley concursal está a las puertas de cumplir un año y los administradores concursales –que se encargan de supervisar el proceso durante el cual una empresa o un particular va a la quiebra– alertan de algunas disfunciones que ha provocado el cambio legislativo.
“La reforma está favoreciendo la picaresca en los concursos sin masa, que se han disparado en la primera mitad del año, especialmente entre las personas físicas que no pueden hacer frente a sus deudas”, alerta Diego Comendador, presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuraciones e Insolvencia (Aspac).
Los concursos de deudores sin activos se han disparado un 336% en el segundo trimestre del año
Bajo su punto de vista, ha resultado perjudicial que la nueva ley elimine el requisito de nombrar administrador concursal en este tipo de concursos, caracterizados por la rapidez en la conclusión del procedimiento a causa de la ausencia de activos del deudor para responder a las deudas.
“Salvo que los acreedores decidan pagar de su bolsillo un administrador concursal, nadie controla los movimientos del deudor antes de la declaración del concurso sin masa y eso puede fomentar que el deudor opere de manera fraudulenta durante las semanas previas”, alerta Comendador. Además, el presidente lamenta que este tipo de concursos no incluyan pieza de calificación y que, por tanto, los deudores puedan evitar ser declarados culpables (y ser inhabilitados).
La estadística corrobora que el fenómeno va al alza tras la reforma. Según el Colegio de Registradores de España, se declararon 4.258 concursos sin masa en el segundo trimestre del año, lo que supone un aumento del 336,3% respecto al mismo periodo del año anterior y un aumento del 24% respecto al primer trimestre del año.
Este tipo de concursos fueron el 70% del total (el resto se reparte entre ordinarios y especiales) mientras que las personas físicas protagonizaron casi el 80% del total de concursos declarados entre abril y junio.
“No es negativo que se haya disparado este tipo de concursos porque significa que cada vez más particulares conocen este procedimiento que les permite acudir a la ley de la Segunda Oportunidad. Al quedar exonerados de la devolución de sus deudas pueden volver a empezar de nuevo”, matiza el abogado y administrador Francisco Lacasa, del despacho barcelonés AGM, quien pone en duda que el alzamiento de bienes sea un delito habitual en este tipo de situaciones. En todo caso, Aspac aboga por una modificación de la reforma concursal que garantice un mayor control sobre la administración de los activos de los deudores.
La asociación también lamenta la ineficacia de los procedimientos especiales para microempresas. Con el objetivo de mejorar la eficiencia del sistema, la reforma concursal activó este mecanismo que permite al propio empresario autogestionar el proceso concursal únicamente a través de internet. Pero su efecto ha sido muy limitado: apenas hubo 11 en el primer trimestre y 88 en el segundo trimestre del año, según datos de los registradores.
Además, la asociación lleva desde el año 2014 reclamando la aprobación de un Estatuto de la Administración Concursal que promueva la formación y preparación de estos profesionales que, bajo la designación del juez, supervisan que todo el proceso se administre con las máximas garantías.