El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama trata de lograr nuevos datos sobre la empresa que comercializa el software espía Pegasus, NSO Group, para averiguar quién pudo infiltrarlo en los teléfonos del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y varios ministros.
El instructor ha acordado emitir una orden europea de investigación dirigida al vicepresidente de la División Económica y Financiera del Tribunal Judicial de París encargado de la investigación por la infección llevada a cabo con el programa informático Pegasus. El objetivo es llevar a cabo un intercambio más amplio de información y así conocer el contenido que la mercantil NSO Group les facilitó sobre el control interno de dicho software, así como un detalle más amplio sobre las investigaciones técnicas llevadas a cabo por la Agencia Nacional Francesa de Seguridad de los Sistemas Informáticos (ANSSI).
Calama reabrió la causa en abril de 2024 después de que el país galo enviara al instructor una investigación llevada a cabo en 2021 por múltiples infecciones de teléfonos de periodistas, abogados, ministros y diputados con el software Pegasus. El juez tuvo que archivar la causa ante la falta de colaboración de Israel, país donde tiene la sede la empresa comercializadora.
Por eso, aparte de reclamar más información a Francia , el magistrado ha emitido una nueva comisión rogatoria a las autoridades judiciales de Israel en la que reitera la necesidad de contar con la información solicitada a NSO Group y la declaración testifical de su chief executive order (CEO), con el fin de poder identificar a los autores de los hechos.
En su auto, el instructor explica que los informes emitidos por el Centro Criptológico Nacional ponen de manifiesto que el análisis de la información facilitada por las autoridades judiciales de Francia no aporta ninguna novedad sobre los datos que han podido ser extraídos de los teléfonos infectados.
Este informe recoge que el código dañino no deja registros de actividad en el sistema más allá de la cantidad de datos extraída y enviada a sus servidores de mando y control. Es, por tanto, “técnicamente imposible” afirmar nada sobre la naturaleza de la información a la que hayan podido tener acceso los atacantes.
Asimismo, expresan que el uso de software de tipo spyware comercial hace “prácticamente imposible” la atribución e identificación del actor de la amenaza causante del ataque por medios técnicos, más allá de la coincidencia de parte de la infraestructura utilizada y el uso de un correo electrónico concreto para atacar los dispositivos objeto de estas actuaciones y los analizados por las autoridades francesas.
Con tales premisas, indica el auto, los informes del CNI concluyen que resulta “imposible” precisar relación alguna o vinculación de las infiltraciones a los teléfonos móviles objeto de la investigación judicial en Francia con la de los dispositivos móviles objeto de investigación en la presente causa.
En este punto, Calama considera que el avance de la investigación requiere llevar a cabo un intercambio más amplio de información con las autoridades francesas, y así conocer el contenido de la información que la mercantil NSO Group les facilitó sobre el proceso del control interno del software PEGASUS, y un detalle más completo sobre las investigaciones técnicas llevadas a cabo por la Agencia Nacional Francesa de Seguridad de los Sistemas de Información (ANSSI).
Por otro lado, el juez ha enviado una nueva comisión rogatoria a Israel con el fin de que facilite la información requerida en una primera comisión rogatoria enviada en mayo de 2022, una posterior ampliación y un recordatorio que no han obtenido respuesta de las autoridades de aquel país.
Calama considera que resulta “imprescindible” para determinar la identidad de los autores de los hechos que Israel facilite la información requerida a la mercantil NSO Group y la declaración testifical de su CEO, quien se encuentra en territorio israelí.
El instructor indica que, en cumplimiento de los convenios, protocolos y acuerdos vigentes en materia de asistencia penal, Israel debería dar cumplimiento a las diligencias interesadas o bien a exteriorizar las razones de su negativa.