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Turull, Rull y Sànchez denuncian indefensión por la pregunta de Marchena a Trapero

El juicio al ‘procés’

El abogado Jordi Pina censura que el presidente del tribunal realizara “la misma cuestión que, con finalidad incriminatoria, al inicio de la sesión se había vedado a la Fiscalía”

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El juicio al ‘procés’ independentista de Catalunya en el Tribunal Supremo, en directo

El letrado Jordi Pina, a la salida del Supremo

Andrea Zamorano / ACN

La defensa de los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull y del expresidente de la ANC Jordi Sànchez han denunciado que el Tribunal Supremo vulneró su derecho de defensa cuando preguntó al mayor de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero por una reunión clave con el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.

El abogado Jordi Pina ha presentado esta tarde un escrito ante el Tribunal Supremo en el que denuncia “vulneraciones de derechos fundamentales” por limitar los interrogatorios de las defensas y emplaza a la sala que juzga el procés a “reconsiderar en un futuro” su criterio sobre las quejas planteadas.

Entre otras cuestiones, el escrito de Pina critica que el presidente de la sala, Manuel Marchena, preguntara la semana pasada a Trapero por una reunión con Puigdemont, tras impedir a la Fiscalía que le interrogara por esa cuestión, argumentado que el ministerio público debía limitarse a los asuntos tratados por la acusación popular ejercida por Vox, al ser el que la que había propuesto la de declaración del exjefe de los Mossos.

Jordi Pina

La defensa de Turull, Rull y Sànchez reprocha que el tribunal “supla la función del ministerio público formulando preguntas sobre materias acerca de las cuales la acusación no ha preguntado”

El escrito de la defensa afea a Marchena que formulara “la misma pregunta que, con finalidad incriminatoria, al inicio de la sesión se había vedado a la Fiscalía”, una cuestión que dio pie a que Trapero revelara que emplazó al Govern a cumplir la ley y a no seguir adelante con el 1-O por riesgos para el orden público.

Según el abogado, la ley permite al tribunal plantear cuestiones en el juicio para “depurar las dudas que albergue” sobre un hecho concreto, pero no le ampara para que “supla la función del ministerio público formulando preguntas sobre materias acerca de las cuales la acusación no ha preguntado”.

El juicio del ‘procés’

Pina critica que la actitud de Marchena “compromete la imparcialidad que debe presidir la actuación del tribunal, al haber asumido una actitud inquisitoria que va más allá de las finalidades aclaratorias”

Para la defensa, la actitud de Marchena “compromete la imparcialidad que debe presidir la actuación del tribunal, al haber asumido la presidencia una actitud inquisitoria que va más allá de las finalidades aclaratorias” que permite la ley. Otro de los reproches que plantea la defensa de Sànchez, Turull y Rull obedece a su “diferencia de trato” ante la “desmemoria o renuencia” de algunos testigos que han declarado en el juicio.

En opinión de Jordi Pina, esa doble vara de medir la demostró Marchena al advertir al responsable de Difusión de la Generalitat de las penas previstas para los testigos renuentes y no así al expresidente del Gobierno Mariano Rajoy, cuando “eludió reiteradamente responder a la pregunta de si había atendido al lehendakari Urkullu cuando éste quiso actuar de mediador” entre los ejecutivos español y catalán.

Tribunal Supremo

A vueltas con las limitaciones en la exhibición de vídeos

También denuncia el escrito de Pina que Marchena impida la exhibición de vídeos durante los interrogatorios a los testigos, mientras sí lo permite en el caso de pruebas documentales en formato de papel. Jordi Pina, asimismo, critica la “limitación” que impone la sala cuando alguna de las partes trata de interrogar a un testigo propuesto por otra, lo que en opinión del letrado constituye una “interpretación excesivamente literalista y restrictiva del artículo 708 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contraviene la praxis usual de los tribunales españoles en la materia”.

El escrito denuncia además que el Supremo permite a las acusaciones interrogar a los acusados y testigos por su filiación política o ideológica, mientras impide hacerlo a la defensas, como ocurrió cuando quisieron preguntar a la secretaria judicial que asistió a los registros del 20S si “es seguidora de páginas web de extrema derecha”.