La Ley de Cambio Climático y Transición Energética impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez obliga a los municipios con más de 50.000 habitantes y aquellos de más de 20.000 habitantes con problemas específicos de contaminación a establecer una Zona de Bajas Emisiones (ZBE). La medida entró en vigor el 1 de enero de 2023, aunque no ha sido hasta principios de este año cuando se ha intensificado su implementación y las consecuencias para quienes incumplan las restricciones que conllevan.
Los ZBE están diseñadas especialmente para reducir los niveles de contaminación atmosférica y promover la movilidad sostenible en entornos urbanos. Su creación se enmarca en las directrices de la Unión Europea con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática de aquí al año 2050, con lo que se van implantando medidas progresivas que buscan transformar el paradigma del transporte en las ciudades.
La implementación de las ZBE en los 149 municipios con más de 50.000 habitantes que hay en España ha sido muy desigual. Grandes núcleos urbanos, como Madrid y Barcelona, se adelantaron hace años a la obligatoriedad de acotar el acceso de vehículos contaminantes a sus áreas metropolitanas, implementando medidas proactivas para abordar los problemas medioambientales y mejorar la calidad del aire.
Otras ciudades, ante la complejidad logística y los recursos limitados, han experimentado un proceso más gradual en la adopción de estas zonas restringidas. Esta disparidad en la puesta en marcha de la ZBE se refleja también en las distintas regulaciones y criterios que rigen estas áreas en todo el país.
El Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, es uno de las más restrictivos a la hora de regular las ZBE, ya que prohíbe incluso la circulación de vehículos con etiqueta C y B en el Distrito Centro. Únicamente se permite el acceso con estas etiquetas a los vehículos de empresas y autónomos y también a los vecinos.
Los cerca de 150 municipios españoles con más de 50.000 habitantes ya tienen activadas sus respectivas ZBE
En general, hay cuatro tipos de vehículos que escapan de las restricciones que se aplican en las zonas de bajas emisiones en todas las ciudades españolas y quedan exentos de la normativa sin temor a ser multados. Son los siguientes:
- Vehículos destinados a servicios de emergencia o esenciales. En este apartado se engloban los vehículos de policía, bomberos, ambulancias y cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Pueden acceder a toda la ciudad, aunque estén catalogados como vehículos con etiqueta A (no existe), que engloba a todos los ejemplares a los que no les corresponde el distintivo medioambiental de la DGT.
Madrid es una de las ciudades con las medidas más restrictivas: los vehículos con etiqueta B y C tienen prohibido el acceso al centro histórico
- Vehículos para personas con movilidad reducida (VPMR). Estos vehículos tienen una exención permanente que les permite circular dentro de las ZBE, independientemente de si poseen distintivo ambiental o no, hasta que sean sustituidos por un vehículo que cuente con el correspondiente distintivo ambiental.
- Servicios esenciales. Son los vehículos que pertenecen a los servicios médicos, servicios funerarios y protección civil.
- Vehículos históricos. El nuevo reglamento sobre los coches antiguos con más de 30 años de antigüedad permite el acceso de estos automóviles a las ZBE. Aunque pueda parecer un contrasentido, se trata de coches que apenas se usan. Un estudio de la Federación Española de Vehículos Históricos (FEVA) revela que el 61% de los coches registrados como históricos circulan menos de 20 días al año y las distancias que recorren son pequeñas.