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1, 2, 4… ¿Cuántas personas pueden ir ahora en un vehículo sin riesgo de multa?

Los desplazamientos en moto ya no son individuales

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La orden TMA/384/2020 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana permite que viajen dos personas en cada fila de asientos del coche si van protegidas con mascarilla y respetan la distancia entre ellas

Imgorthand / Getty Images/iStockphoto

La evolución de la pandemia del coronavirus en España determina el proceso de desconfinamiento de la población. Desde que el Gobierno decretó el estado de alarma, el pasado 14 de marzo, la libertad de movimientos de los ciudadanos ha ido cambiando. Y no nos referimos únicamente a los desplazamientos permitidos sino también a cómo se pueden llevar a cabo en vehículos particulares. De ahí que al inicio de la cuarentena, salvo alguna excepción muy concreta, solo se podían realizar salidas autorizadas de manera individual, con un único ocupante en el coche, y ahora ya pueden ir más viajeros en el mismo automóvil.

El ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana modificó parcialmente el artículo 3 de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictaban instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo. El nuevo redactado establecía que “El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes”. Así pues, en un ejemplar de tres filas, podían ir hasta tres personas: el conductor y dos pasajeros acomodados individualmente en las banquetas posteriores.

De momento, solo puede viajar una persona en moto

Dani Duch

El pasado 3 de mayo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden TMA/384/2020 por la que se dictan nuevas instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad. El texto establece el número de personas que pueden ocupar los vehículos en función de su tipología, del número de plazas y del servicio que prestan.

Si bien los desplazamientos autorizados para la población dependerán de la fase de desescalada en la que se encuentre cada región (en este artículo os los explicamos), el ordenamiento establece que ahora “en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes”.

Realizar desplazamientos no permitidos en vehículos a motor en compañía de más personas de las autorizadas supone una propuesta de sanción económica de 1.500 euros

Desde este medio hemos contactado con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que nos aclarasen si en la parte delantera también puede ir un copiloto. La respuesta ha sido afirmativa, de modo que en un turismo particular de cinco plazas podrían ir hasta cuatro ocupantes.

No sucede lo mismo con los transportes públicos de viajeros realizados en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor. En los taxis y VTC solo podrá viajar delante la persona que va al volante. En las filas posteriores podrán ir hasta dos personas en cada una de ellas manteniendo la máxima distancia posible.

En los vehículos en los que, por sus características técnicas, se disponga de una única fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, solo podrá viajar el conductor.

Cabe señalar que según el plan de desescalada del Gobierno, compuesto por cuatro fases (de la 0 a la 3), a partir de la Fase 1 se mantendrá la limitación de ocupación de vehículos privados, pero se autorizará que compartan vehículo las personas que viven bajo el mismo techo . Esto significa que podrán viajar tantas personas como plazas tenga el automóvil, siempre y cuando puedan justificar que residen en el mismo domicilio.

En cuanto a los ocupantes de motocicletas, hemos tenido que actualizar este artículo a posteriori porque cuando fue redactado, el pasado 7 de mayo, solo se podía utilizar individualmente. Así nos lo indicaron fuentes del Ministerio, “en este momento sólo puede ir una persona, al no poder garantizarse en este vehículo la distancia de seguridad mínima necesaria para que vaya otra persona”. Ya entonces indicamos que esta orden podría cambiar a medida que avance la desescalada hacia la nueva normalidad. Y así ha sido.

La Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, establece que, a partir de la Fase I, “En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido”.

Hacer caso omiso a las instrucciones del Gobierno puede conllevar cuantiosas multas . Por ejemplo, efectuar desplazamientos no permitidos en vehículos a motor en compañía de más personas de las autorizadas supone una propuesta de sanción económica de 1.500 euros.

Tabla con la descripción de los hechos y las multas aparejadas por vulnerar las órdenes establecidas en el estado de alarma

SUP