Cómo votar por correo desde España en las elecciones andaluzas 2018
Pasos a seguir
Todos los trámites necesarios para ejercer el derecho a voto desde la distancia dentro del territorio español
Se aproximan las elecciones andaluzas y todas las personas que dispongan de la condición política de andaluces que se encuentren fuera de su localidad de residencia, podrán participar a través del voto por correo.
Así pues, las personas que deseen votar en las Elecciones de Andalucía de 2018 del próximo 2 de diciembre podrán ejercer su derecho mediante el voto por correo. Para realizar este proceso desde España, hay que seguir los siguientes pasos a partir de la convocatoria de elecciones hasta el plazo estipulado en cualquier oficina de Correos, según ha publicado ABC Sevilla.
La solicitud de los impresos deberá hacerse a través de cualquier oficina de Correos desde el momento en el que se convocan las elecciones hasta el 22 de noviembre.
Documentación necesaria
El impreso debe estar debidamente cumplimentado, y se entregará personalmente en cualquier oficina de Correos, acreditando la identificación con la presentación de su DNI, en ningún caso fotocopia, que se le requerirá para la comprobación de la firma.
Los servicios de Correos remiten la solicitud debidamente cumplimentada a la Oficina del Censo Electoral, que hace la anotación correspondiente en las Listas del Censo. Por lo tanto, el elector o electora que solicita el voto por correo ya no puede votar personalmente.
Recepción de la documentación
Según el medio, la Oficina del Censo Electoral enviará por correo certificado al domicilio indicado en el impreso de solicitud un sobre con la siguiente documentación:
1. Una papeleta de color verde de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones al Parlamento de Andalucía en la circunscripción correspondiente y un sobre de votación de color verde, en el que se introducirá la papeleta elegida.
2. El certificado de inscripción en el censo.
3. Un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le corresponde votar.
4. Una hoja explicativa.
Esta documentación debe ser recibida personalmente por la persona que va a ejercer su derecho a voto previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente.
Fecha límite para enviar el voto
Una vez escogida la papeleta verde de voto, la introducirá en el sobre verde de votación y lo cerrará. Incluirá el sobre verde de votación -donde previamente habrá incluido la papeleta correspondiente- y el certificado en el sobre dirigido a la mesa y lo remitirá por correo certificado en todo caso hasta el día 28 de noviembre.
El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales y la trasladará a éstas a las 9:00 horas. Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona y se destruirán.