La Audiencia de Almería condenó a cuatro años de prisión al futbolista del Celta de Vigo Santi Mina, de 26 años, por abusar sexualmente de una mujer en junio de 2017 en Mojácar (Almería). También le impone una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima durante 12 años y el pago de una indemnización de 50.000 euros. Tras conocer la condena el Celta de Vigo decidió abrir un expediente disciplinario y apartar “provisionalmente” a Mina de los partidos y de los entrenamientos. El tribunal de la sección tercera, presidido por la magistrada Társila Martínez, decidió absolver del delito de agresión sexual al también futbolista del UD Ibiza, David Goldar, contra quien el Ministerio Fiscal no formuló acusación, si bien la víctima lo sentó en el banquillo al considerarlo cooperador necesario. Se enfrentaba a nueve años y medio de prisión.
En la provincia de Almería
Los hechos ocurrieron el 18 de junio del 2017 cerca de la discoteca Mandala Beach de Mojácar
La sentencia relata que el 16 de junio de 2017 el delantero, que entonces militaba en el Valencia, entró en su furgoneta, aparcada cerca de la discoteca Mandala de Mojácar con la que viajaba junto a tres amigos. Tras unas horas de fiesta en la citada discoteca, uno de los amigos de Mina, –Goldar–, estaba manteniendo relaciones sexuales con la víctima. Mina entró en la furgoneta y se dirigió a la chica.“Me gustas mucho y creo que deberíamos hacer algo”, le dijo. El relato describe cómo Mina “habría introducido el pene en la boca de la denunciante. La víctima lo empujó y el futbolista la echó hacia atrás, introduciéndole tres dedos de la mano derecha en la vagina. Segundos después, el delantero se disculpó y la víctima se marchó en gran estado de ansiedad”. La víctima presentó lesiones extragenitales y hoy sufre trastorno de estrés postraumático crónico, reflejados en dos informes forenses.
Sin jugar ni entrenar con el primer equipo
El Celta aparta al delantero de los partidos y de los entrenamientos de forma provisional
El fallo de la sentencia recalca “la solidez del relato de la víctima acompañado de informes médicos que confirmaban la existencia de ADN del futbolista en su cavidad vaginal”. También destaca que “el relato de la víctima era coincidente con lo que previamente había manifestado en sede policial y en sede de instrucción” mientras que “el acusado, en su primera declaración, negó de forma categórica haber tocado siquiera a la víctima”. Solo cuando se encontró ADN suyo en la cavidad vaginal, “se vio obligado a modificar su versión de los hechos reconociendo que existió penetración justificándose en que estuvieron tocándose por todas partes del cuerpo”.
Los jueces estiman que mintió durante el juicio, que se celebró a finales de marzo y que contó con 15 declaraciones. Entre ellas la de un detective contratado por la defensa del futbolista. La abogada de Mina, Fátima Magdalena Rodríguez, llegó a preguntar a este si la denunciante “vestía faldas y ropa ajustada” y si “llevaba una vida social normal”. Las preguntas al detective provocaron malestar en la sala, tanto que la letrada se justificó con una alusión a supuestas afirmaciones de la víctima en las que decía “haber cambiado de hábitos”. Las otras siete declaraciones –tres guardias civiles, dos médicos forenses y dos psicólogas del Instituto de Medicina Legal de Almería– coincidieron con los hechos denunciados por la víctima.
La reacción de las defensas
El abogado de la víctima estudia solicitar el ingreso “inmediato” en prisión de Mina, que presentará alegaciones
A pesar de la condena de cuatro años, Mina no ingresará de momento en prisión, dado que su defensa recurrirá la decisión por considerar que no está “ajustada a derecho”. La defensa del futbolista alega que cuando la víctima “le pidió que parase, él paró”. Por su parte, el abogado de la víctima, Iván Bolaño, estudiará solicitar a la Audiencia una vista para pedir el ingreso “inmediato” en prisión del futbolista. El letrado también recurrirá la resolución “porque la sentencia reconoce la existencia de intimidación y violencia pero no las ha incorporado al fallo. Por eso la pena se ha rebajado de ocho a cuatro años”, apuntó.