Morir de un infarto practicando sexo durante un viaje de negocios es “accidente laboral” para la justicia francesa
La empresa debe indemnizar a la familia, que recibirá el 80% de su salario cada mes hasta la fecha en la que se habría jubilado
La liberalidad francesa en materia sexual es legendaria, así como su generoso sistema de protección a los asalariados y a sus familias. Ambas realidades han confluido en el caso de Xavier X, un técnico de seguridad de una gran empresa que falleció de un ataque al corazón durante un viaje por trabajo, en febrero del 2013, mientras estaba en la cama con una mujer.
El Tribunal de Apelaciones de París, en una decisión del pasado 27 de mayo, dio la razón a la Seguridad Social y estimó que la muerte de Xavier X, pese a las circunstancias en que se produjo, debe catalogarse como accidente laboral –con todas las derivaciones legales que ello implica– porque ocurrió durante un viaje de trabajo. Los jueces parisinos estimaron que el Código de Seguridad Social vigente, en su artículo L 411-1, atribuye a la empresa la responsabilidad por cualquier tipo de accidente ocurrido a su asalariado durante su desplazamiento. La sentencia avala la tesis, ya esgrimida en primera instancia, de que “una relación sexual forma parte de los actos de la vida corriente, al igual que tomar una ducha o comer”. Además, el tribunal insistió en que la empresa, TSO (especializada en infraestructuras ferroviarias), no aportó prueba alguna de que su empleado hubiera interrumpido su misión para la que fue enviado, en el departamento de Loiret, cerca de Orleans.
Los argumentos de la empresa
Los abogados de TSO argumentaron, por el contrario, que Xavier X, en el momento del óbito, no se hallaba en la habitación del hotel pagado por la compañía sino en el domicilio de la mujer. Los letrados describieron los hechos como “una relación adúltera con una perfecta desconocida”, e insistieron en que la víctima “ya no estaba en misión por cuenta de su empleador cuando sufrió un ataque al corazón que le causó la muerte”. Para eliminar cualquier sombra de duda, los abogados de TSO reiteraron que “en cualquier caso, la causa del fallo cardiaco así como del deceso de Xavier X, no son imputables a su trabajo sino ciertamente al acto sexual que realizó con una perfecta desconocida”.
El Tribunal de Apelación, en el razonamiento de su fallo, llamó la atención de que “poco importa si el accidente sobreviene en ocasión de un acto profesional o de un acto de la vida corriente, salvo la posibilidad de que la empresa aporte la prueba de que el asalariado interrumpió su misión por un motivo personal”. Es obvio que, para los jueces, esto último no pudo sustanciarse. No especificaron en la sentencia si el lance amoroso de triste final tuvo lugar después de que Xavier X hubiera realizado ya su labor de aquella jornada. Pero dada la hora en que se produjo la muerte y se avisó a la policía, hacia las diez de la noche, parece razonable pensar que el malogrado empleado había ya cumplido con su deber respecto a TSO y se hallaba en periodo de asueto.
Este singular caso judicial ha sido revelado en las redes sociales por Sarah Balluet, abogada especializada en derecho laboral. Ella insinúa que la sentencia es dudosa y debería ser recurrida ante el Tribunal de Casación. Muchos internautas han reaccionado con variados comentarios. “Lo habremos visto todo y lo que veremos”, decía uno de ellos. “Sí, lo habremos visto todo y es un caso gracioso, pero que descanse en paz”, contestó otra usuaria de las redes. Un internauta más jocoso proclamó que “hay que relanzar la natalidad; el trabajo, que puede ser un freno, se convierte en un poderoso recurso”.