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Condenan a una ginecóloga por perforar el útero e intestino de una paciente durante un legrado

Mala praxis

La mujer tuvo que someterse a cinco cirugías de reparación y padece secuelas importantes como dolores abdominales e incontinencia fecal

Imagen de archivo

7postman / Getty Images/iStockphoto

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una ginecóloga por perforar el útero y el intestino de una paciente de 35 años, embarazada de trece semanas, durante un legrado para extraer al feto tras comprobarse que no presentaba latido cardíaco, en una clínica madrileña en diciembre de 2014.

A raíz de esta intervención, la paciente ha sufridocuatro cirugías de reparación de las perforaciones ocasionadas y una más por obstrucción intestinal, y padece secuelas importantes como dolores abdominales e incontinencia fecal, no pudiendo permanecer más de cuatro horas fuera de su casa por lo que obtuvo una incapacidad permanente en el grado de absoluta.

Fue durante un legrado que se le practicó a una paciente de 35 años, embarazada de trece semanas, para extraer al feto tras comprobarse que no presentaba latido cardíaco

El fallo de la Audiencia, fechado el 8 de noviembre, confirma una sentencia anterior, del Juzgado de primera Instancia número 5, que condena a la doctora y a la aseguradora de SegurCaixa Adeslas, aunque la cantidad indemnizatoria que le corresponderá a la afectada se concretará en un pleito posterior, según indica en un comunicado la asociación El Defensor del Paciente.

La paciente, que se había sometido a un tratamiento de fertilidad, presentó anomalías en su embarazo y ante la inexistencia de latido fetal, la doctora inició la medicación para provocarle un aborto, tras lo cual se le practicó un legrado introduciendo las pinzas de Winter para extraer el feto, pero en el proceso las pinzas perforaron el útero y arrastraron partes intestinales de la paciente.

Tras realizar una laparotomía exploradora se comprobó la rotura de la pared posterior del útero y del recto, con avulsión del mismo, lo que ha motivado que la paciente tuviera que ser intervenida en cinco ocasiones y que las secuelas le hayan provocado una incapacidad permanente.

Las pinzas utilizadas para practicar el legrado perforaron el útero y arrastraron partes intestinales de la paciente

El fallo de la Audiencia, que analiza los argumentos de ambas partes, concluye que se produjeron circunstancias “muy extrañas” desde el punto de vista médico, como “la falta de vigilancia a la paciente que supuestamente provocó que el feto fuese expulsado de forma inadvertida antes del legrado”, o la no realización de ecografía previa al legrado, entre otras varias.

Se aprecia la existencia de responsabilidad de la compañía aseguradora así como “la mala praxis” de la doctora y se confirma la sentencia dictada en primera instancia, considerando que existió un daño desproporcionado.

“El hecho de que una mujer sana, en su primer trimestre de embarazo, acuda a someterse a un legrado y termine por verse abocada a una serie de intervenciones quirúrgicas y padecimientos del tenor que consta descrito en las actuaciones, solo puede ser explicado desde la apreciación de una conducta contraria a la lex artis”, concluye El Defensor del Paciente.

Se considera que existió una “mala praxis” y un daño desproporcionado