El Tribunal Supremo ha validado, por unanimidad, el nombramiento por parte del Gobierno de Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado un recurso interpuesto por la asociación de fiscales APIF.
Esta asociación interpuso hace un año un recurso contra la segunda designación de García Ortiz como fiscal general, al considerar que su actuación y su “parcialidad” en favor del Gobierno durante su primera etapa mostraban que su nombramiento “no se ajusta a la ley”.
Este recurso se basó, entre otras cosas, en el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que por primera vez en la historia consideró “inidóneo” a un candidato del Gobierno para ocupar el puesto de fiscal general del Estado.
Entre otras cosas, el órgano de los jueces se basó en una sentencia del Tribunal Supremo que consideró que García Ortiz había cometido una “desviación de poder” al nombrar a su antecesora, Dolores Delgado, fiscal de Sala togada del alto tribunal, una categoría que no le correspondía.
La defensa del fiscal general, en su escrito de conclusiones, señala que esa asociación de fiscales imputa al fiscal general “actuaciones que no ha realizado nunca” y apunta que lo hace con “argumentos que son pura propaganda” para, entre otras cosas, “socavar al Gobierno que efectúa el nombramiento de modo indirecto”.
El nombramiento de Delgado, dice “muy poco” del fiscal general
La sentencia argumenta, sobre la “desviación de poder” señalada por la APIF como causa de anulación del nombramiento, que este hecho no es, en sí, causa de inidoneidad para el cargo. “Que un órgano de la Administración incurra en desviación de poder es, desde luego, censurable, pero es una causa de mera anulabilidad, no de nulidad de pleno Derecho, ni constituye una vía de hecho, que sí son patologías especialmente graves”.
Además, recoge la resolución que en la práctica contencioso-administrativa es usual anular actos administrativos y “no por ello se cuestiona la idoneidad de la autoridad que los dicta para ejercer el cargo”.
Para los magistrados, la anulación de Delgado dice “muy poco” en favor de su autor, "a quien le es exigible un ejercicio ejemplar de sus potestades por la alta magistratura que ejerce, pero la propuesta de ascenso no deja de desenvolverse en el ámbito interno, doméstico o funcionarial y en el que interviene el fiscal general del Estado al ostentar la jefatura superior del Ministerio Fiscal.
Esta decisión de la Sección Cuarta de lo Contencioso se ha adoptado 24 horas antes de que García Ortiz tenga que acudir al Supremo a declarar como investigado por un presunto delito de revelación de secretos.
En este asunto que dirige el magistrado de la Sala de lo Penal del alto tribunal Ángel Hurtado también se encuentra personado APIF. Era clave la decisión de la Sala de lo Contencioso para el mantenimiento de García Ortiz como fiscal general, una vez que a pesar de su imputación se ha negado a dimitir al defender que él no filtró datos sobre la pareja de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador.
Los argumentos del TS a favor de García
La Sala descarta razonadamente que exista la falta de aptitud de García Ortiz para ser nombrado de nuevo fiscal general del Estado. “Ni aisladamente, ni en su conjunto, muestran el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones, que han de ser las que la Constitución encomienda al Ministerio Fiscal, no actuaciones concretas en materia de personal”, recoge la sentencia.
Para los magistrados, las razones alegadas por la APIF o bien no tienen entidad para llevar a esa conclusión, o no se corresponden con el resultado de la prueba. En particular, explica la sentencia que la ilegalidad apreciada judicialmente de algunas, pocas, decisiones de García Ortiz, incluso, por desviación de poder, “no significa el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones constitucionales”.
La resolución recuerda que la anulación o la declaración de nulidad de actos administrativos o de disposiciones generales “no implica la inidoneidad para el cargo de la autoridad que los haya dictado”.
Para el tribunal, las alegaciones de la APIF para intentar anular el nombramiento de García Ortiz son “desproporcionadas” como por ejemplo la posición de la Fiscalía sobre la aplicación de la ley del 'sí es sí', la amnistía o su postura en el caso 'Tsunami Democràtic' contra la decisión de imputar al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.