Junqueras recurre al Constitucional la no aplicación de la amnistía a la malversación
Las causas del 'procés'
El expresidente de ERC y los exconsellers Romeva y Bassa alegan que el Supremo se extralimita de sus funciones erigiéndose en legislador
Las defensas del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y de los exconsellers Dolors Bassa y Raül Romeva han presentado recursos de amparo al Tribunal Constitucional por la no la aplicación de la ley de Amnistía a la condena por malversación que el Tribunal Supremo les mantiene a día de hoy. Con el recurso, los tres líderes republicanos piden el levantamiento cautelar de la inhabilitación para desempeñar un cargo público que los tres todavía cumplen.
Los abogados en sus escritos son muy críticos con la actuación del Tribunal Supremo, ya que consideran que se aparta del principio de legalidad y que lo hace con gravísimas consecuencias sobre los derechos de los tres políticos, a los que mantiene inalterada la ejecución de penas que deberían declararse extinguidas y posibilitar su plena rehabilitación política.
Así, consideran que solo el legislador democrático tiene legitimidad para dictar la ley y solo respeta la separación de poderes un poder judicial que se limite a aplicarla, puesto que no corresponde a los jueces dar sentido a la norma. Afirman que interpretar la ley de Amnistía como lo ha hecho el Tribunal Supremo en las dos resoluciones dictadas, supone desoír el mandato que se encuentra insertado en el propio texto de la ley. Y que esa “interpretación” de la malversación traspasa claramente los límites de la función judicial para adentrarse peligrosamente en el terreno de la función legislativa.
La Sala de lo Penal, que preside Manuel Marchena, considera que Junqueras y los otros condenados del procés, no pueden ser amnistiados porque la ley de Amnistía recogía una excepción y es que se hubiesen desviado fondos públicos para un beneficio personal. Los magistrados consideran que el 1-O supuso un beneficio personal para los miembros del entonces Govern, presidido por Carles Puigdemont, y por tanto su caso debe estar dentro de la excepción recogida por la ley del olvido penal.
Sin embargo, las defensas de los tres miembros de ERC recuerdan el voto particular de Ana Ferrer, una de las magistradas del Tribunal Supremo, que ahonda en esta idea: ni la literalidad de la ley, ni la voluntad del legislador, ni los precedentes históricos, ni los recientes, conducen a la interpretación que ofrece el parecer mayoritario del Tribunal Supremo. Y añade que “nunca una interpretación de la ley puede llevar a su derogación”, como, asu juicio, ocurre en este caso.
Por eso y para que el daño a los tres afectados no sea irreparable, las defensas piden medidas cautelares por el levantamiento de la pena de inhabilitación para ejercer cargo público.
El abogado de Junqueras y Romeva, Andreu Van den Eynde, denuncia que el Tribunal Supremo tiene la voluntad de “mantener la pena de inhabilitación absoluta a toda costa” puesto que la condena del exvicepresidente y el exconseller se ha utilizado por descabezar al movimiento independentista y denuncia que está vulnerando derechos básicos como el de representación y participación política.
En cuanto a la defensa de Bassa, encabezada por Mariano Bergés, también recalca que la “forzada interpretación que hace el Tribunal Supremo” por la “inaplicación” de la ley de amnistía impide a la exconsellera ejercer sus derechos de participación política en unas elecciones libres, y señala también los efectos devastadores que la inhabilitación tiene sobre ella, ya que le impide poder trabajar con las administraciones públicas.