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El TC aceptó los recursos de los presos del ‘procés’ para evitar internacionalizar el juicio en el TEDH

La cuestión catalana

Un equipo de letrados coordinado por Cónde-Pumpido analizó la trascendencia de los recursos de los presos que se resuelven estos días

Los líderes independentistas durante la primera jornada del juicio del ‘procés’ en el Tribunal Supremo

Emilio Naranjo / EFE

El Tribunal Constitucional fijó como estrategia la admisión a trámite de recursos de presos del procés independentista en Catalunya para impedir la internacionalización del juicio que se celebró en el Tribunal Supremo en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Este modo de proceder se estableció respecto de cerca de medio centenar de recursos de amparo presentados por los hoy condenados por el procés independentista en Catalunya contra disposiciones del Tribunal Supremo, y ello permitió dejar estos asuntos fuera del alcance del órgano de garantías con sede en Estrasburgo durante la celebración del juicio en el alto tribunal y hasta el dictado de la sentencia por sedición.

Esta manera de trabajar ha tenido resultados satisfactorios, según revelan a Europa Press fuentes del TC, y ha permitido además configurar una sólida jurisprudencia en torno a asuntos sobre los que aún no se había pronunciado el tribunal de garantías como son los derechos políticos.

El TC avala las decisiones del Supremo

Muchas de estos recursos de amparo se están resolviendo estos días por sentencia, como las ya notificadas sobre la negativa del Supremo a lo largo de 2108 a conceder permisos para que algunos de los entonces investigados, como el líder de ERC Oriol Junqueras y otros exconsellers que fueron elegidos diputados autonómicos, pudieran eludir la prisión preventiva y acudir al Parlament. Finalmente el TC ha avalado las decisiones del Supremo con sentencias muy fundamentadas que, por el momento, no consta que hayan sido recurridas ante el órgano de Estrasburgo, según las mismas fuentes.

La labor del Constitucional en este aspecto consistió en rechazar una inadmisión de plano de todos estos recursos que hubiera permitido a las defensas de los encausados denunciar seguidamente una vulneración de derechos ante el TEDH que podría haber sido resuelta, o al menos admitida, antes de que existiera una sentencia sobre el caso.

Cándido Conde-Pumpido

Emilia Gutiérrez

Además, las razones de la admisión de estos recursos de amparo, dada la trascendencia constitucional de las cuestiones planteadas -en la mayoría de los casos por vulneración de derechos de participación política-, han permitido al Tribunal Constitucional crear un sólido cuerpo de doctrina sobre estos asuntos, que no habían sido abordados antes en democracia.

Para coordinar los trabajos técnicos se constituyó en el TC, según las mismas fuentes, un grupo de trabajo con casi una decena de letrados bajo la dirección del magistrado Cándido Conde-Pumpido, con independencia de que luego los asuntos correspondieran por reparto al magistrado que le correspondiera legalmente la ponencia.

Parón para buscar unanimidad

Las previsiones del TC pasaban por haber comenzado a resolver estas cuestiones un poco antes, una vez se dio a conocer la sentencia del ‘procés’ el pasado mes de octubre, aunque finalmente algunos asuntos concretos quedaron paralizados ante la constatación de una ruptura en la unanimidad hasta entonces alcanzada.

Así, a finales del pasado mes de noviembre el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) desestimó el recurso de Junqueras contra el mantenimiento de su prisión provisional y lo hizo rompiendo por primera vez su unanimidad en relación con este asunto. Presentaron voto particular discrepante tres magistrados pertenecientes al sector más progresista del tribunal de garantías.

No obstante, las fuentes consultadas restan importancia a esta ruptura de consenso porque, en el fondo, los discrepantes adoptaron fueron posturas técnicas que no afectan a la consideración ‘esencial’ de las vulneraciones de derechos planteadas.

Esta estrategia contrasta con la adoptada por el propio tribunal que juzgó el ‘procés’ al plantear en medio del juicio ante otra institución europea, el TJUE, sus dudas sobre la consideración o no de inmunidad parlamentaria de uno de los procesados entonces en prisión provisional, Oriol Junqueras, tras ser declarado electo al Parlamento Europeo el pasado mes de junio.

La decisión del tribunal de Luxemburgo causó gran polémica aunque finalmente la Eurocámara ha aceptado los argumentos del alto tribunal español y no le ha permitido ser eurodiputado, estimar que la inmunidad se le otorgó por el TJUE cuando aún el líder de ERC aún no había sido condenado en firme, y que su situación actual es diferente. Fuentes del TC consideran, no obstante, lo dicho por el TJUE podría tener alguna consecuencia en la sentencia que el TEDH dicte finalmente sobre las condenas impuestas a los líderes independentistas.

Por ello, consideran lo ocurrido un error de cálculo por parte de los magistrados del Supremo, que quizá desconocían la trayectoria del órgano e Luxemburgo tendente en la mayoría de las ocasiones en fallar a favor de Europa frente a los intereses de los estados. Si el tema de las inmunidades lo consideraban ya resuelto, añaden estas fuentes, quizá fue un error buscar la confirmación del tribunal europeo en este sentido.

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