El Govern cede a los ayuntamientos la decisión sobre apertura de piscinas públicas y privadas

Sequía

Los municipios serán los encargados de catalogar las piscinas como refugio climático, y, por tanto, de concretar las condiciones para abrirlas también en el caso de piscinas de hoteles y zonas comunitarias

¿Refugios climáticos de pago? El Govern admite que la apertura de piscinas puede crear agravios entre municipios, pero aduce que respeta  la autonomía local y que no es posible fijar una pauta general

Catalunya fija un tope en el consumo de agua para los usos turísticos y rebaja las sanciones a los ayuntamientos que superen la dotación de agua establecida para todos los usos

Catalunya tiene casi 200.000 piscinas

Catalunya tiene casi 200.000 piscinas

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El gobierno catalán ha modificado el plan especial de sequía, para que se puedan rellenar piscinas públicas y privadas (en este caso, con limitaciones) en la actual fase de emergencia. Con la actual normativa, estaba prohibido hacer uso de las piscinas, con la única excepción de las que tuvieran un uso terapéutico o deportivo federado. Ahora el Govern aprueba un decreto ley que posibilita la apertura de piscinas públicas y privadas, siempre y cuando sean declaradas como refugio climático, una potestad que quedará en manos de los ayuntamientos, y estén abiertas a la ciudadanía. Los municipios que habiliten estos refugios climáticos deberán modificar su plan de sequía y comunicarlo a la Agència Catalana de l’Aigua, encargada de disponer del censo de piscina-refugio.

Con la decisión adoptada, serán los ayuntamientos los que tendrán la última palabra para determinar qué piscinas públicas o privadas podrán abrir este verano al ser consideradas refugios climáticos. Ha sido una competencia inesperada para los ayuntamientos, que incluso definiran si abren las piscinas de hoteles, campings y zonas comunitarias.

Los refugios climáticos requieren un acuerdo con los ayuntamientos

El Govern toma estas decisiones ante "el contexto de las oleadas de calor cada vez más recurrentes y extremas". Por eso, el decreto se aprueba para asegurar que "la población más vulnerable disponga de equipamientos municipales de uso público para amortiguar los períodos de temperaturas extremas"

Una piscina podrá ser declarada refugio climático por la administración local competente si el municipio o el barrio  carece de este equipamiento imprescindible para que la ciudadanía pueda afrontar las altas temperaturas.

La gran novedad es que las piscinas que actúen como refugio climático podrán ser las públicas, pero también podrán ser privadas aunque requerirán un convenio con el Ayuntamiento para ser de uso público abierto a la ciudadanía y en las mismas condiciones que funcionan las piscinas públicas. 

Pero la facultad otorgada a los ayuntamientos para que establezcan los refugios climáticos genera muchas incógnitas e incertidumbres...

El Govern justifica que ceda esta competencia

La portavoz del gobierno catalán, Patrícia Plaja, justificó que sean los municipios los que decidan cuáles son las piscinas que se deben abrir al ser consideradas refugio climático, con el argumento que ellos son los que mejor conocen la situación local. 

Plaja afirmó que este decreto se ha elaborado yendo "de la mano de las asociaciones municipalistas", "consensuado y redactado con ellas", y defendió que sean los ayuntamientos los que deberán ordenar toda la situación legal que rodee a la apertura de estas piscinas-refugio.

Reiteró que en el caso de las piscinas comunitarias, de hoteles o campings solo podrán entrar en funcionamiento cuando lo decida los ayuntamientos y cuando éstos lo juzgan realmente necesario y esté justificado.

“Sabemos que al final se impodrá el sentido común para atender las necesidades de cada municipio”, dice Patricia Plaja.

No obstante, en el caso de las piscinas comunitarias cuyos propietarios no lleguen a un acuerdo con su ayuntamiento para ser catalogadas como refugio climático "no podrán llenarse y se deberán adaptar al régimen del plan especial de sequía", con lo que deberán estar cerradas.

Además, serán los ayuntamientos los que deberán regular todo cuanto rodee las condiciones de la apertura de las piscinas comunitarias (en materia de seguridad, salvamento, aforos, horarios y demás...), lo cual significará la modificación de las ordenanzas municipales, según apuntó.

“Una vez establecido el censo de las piscinas de titularidad privada que sean consideradas refugio climático, también debe ser la ordenanza municipal la que fije los criterios de uso de esa piscina, y hablamos de aforo, hablamos de si será gratuita o de pago, del tipo de vigilancia a la que debe responder esta piscina en funció del aforo, la casuística y las características de esta piscina”, añadió

“Cada ayuntamiento fijará los horario, los precios, las condiciones… Lo hacemos para no interferir sus competencias municipales. Deben dar confianza a los ayuntamientos”, repitió Patrícia Plaja.

"No es fácil definir lo que es un refugio climático porque hasta ahora nunca nos habíamos encontrado con esta situación", abundó Plaja.

¿Y quién decide si hay que pagar por entrar en el refugio?

La portavoz Plaja admitió que las respuestas a los múltiples interrogantes que se presentan las deben dar cada ayuntamiento, pues “no es posible una norma igual, inmóvil y general para el conjunto del país”, donde hay pueblos y ciudades de todos los tamaños, aunque tendrán el "acompañamiento de la Generalitat"

¿Y quién asumirá el coste de los socorristas, o de qué dependerá que se tenga que pagar por la entrada entrada en un refugio climático de una urbanización privada?, se le preguntó reiteradamente. “Serán los ayuntamientos los que deberán llegar a acuerdos con los propietarios privados para establecer cuál es el exactamente el régimen de uso de estos refugios climáticos”, sentenció Plaja antes de explicar el cambio de sentido que supone el concepto de refugio climático en relación a la estancia en una piscina como se ha entendido hasta ahora, pues prevalece un criterio de salud. Además, argumentó "hay piscinas municipales que tienen tarifas y están subvencionadas por el ayuntamiento".

Plaja admitió que puede darse agravios entre ayuntamientos (municipios que permiten el acceso gratis y otros que obliguen a pagar). "Evidentemente, puede pasar, sí.. Eso depende de las finanzas de cada municipio", aceptó.

Y sobre el asunto de los socorristas indicó que ya "existe una normativa concreta que recoge todo" sobre este particular. "Los ayuntamientos no parten de cero"

El deseo del Govern es que este censo de refugios esté al inicio del verano

Todas las tareas, una "patata caliente" para  los ayuntamientos

Los ayuntamientos habían invocado la autonomía municipal para poder definir los refugios climáticos –y poder autorizar la apertura de piscinas- por ser los mejores conocedores de la situación.  Pero la Generalitat les cede todas las funciones y les traspasa una tarea que puede convertirse en una patata caliente. El riesgo es que se produzcan agravios si se autoriza la apertura de las piscinas de un hotel y no de una zona comunitaria. 

Lo que sí queda claro es que no se van autorizar la apertura de las piscinas particulares individuales.

Y también esta decidido que si una piscina privada (particular, comunitaria, de un establecimiento turístico, como hotel o camping) no está censada como refugio climático, no se podrá llenar ni rellenar.

Sorpresa y preocupación

La decisión del Govern de dejar en manos de los ayuntamientos tan amplios poderes ( catalogar como refugios climáticos las piscinas de hoteles, campings o comunidades de propietarios) ha sido acogida con sorpresa y preocupación por los responsables de las entidades municipalistas consultados por este diario. Hay que tener en cuenta que los ayuntamientos pretendían solo que se catalogase como refugio climático las piscinas municipales o algunas piscinas de clubs privados (para acoger los casals de verano, por ejemplo…).

También de manera muy excepcional se pensaba que si en un pueblo pequeño no hubiera piscina municipal y en cambio albergara una piscina comunitaria, se pudiera dar a ésta un uso público. Pero eso se ha desbordado...

Las incognitas por despejar

“Nuestra propuesta no estaba pensada para que se pudiera autorizar la apertura de piscinas comunitarias”, dice Eduard Rivas, presidente de la Federació de Municipis de Cataluna (FMC) La idea de usar las piscinas comunitarias privadas para uso público se veía como una excepción.

Sin embargo, al abrirse la puerta a estas excepciones se plantea necesariamente qué pasa si una comunidad de propietarios con piscina desea abrirla en verano, lo que exige facilitar el acceso a la ciudadanía en general.

La apertura de una piscina comunitaria llevaría aparejada muchas implicaciones y está hoy rodeada de incertidumbre. ¿Podría entrar todo el mundo en esa piscina comunitaria?, ¿sería gratis?, y, dado que la comunidad de propietario no es no una entidad económica, ¿ podría cobrar por la entrada?, ¿habría un número clausus?

“Regular esas entradas no es algo es fácil. Ciertamente podría haber una urbanización que decidiera abrir la piscina al resto de vecinos; se podría firmar un convenio con el ayuntamiento y abrir. Pero eso debe ser la excepción…”, dice Rivas, que alerta de la complejidad que se avecina.

“Que los ayuntamientos tengamos que autorizar la apertura de piscinas para usos de lucro o para uso privativo de una comunidad cerrada es algo que no tiene sentido”, dice Rivas. “Si fuera así, eso transmitiría un mensaje negativa y con desinformación a la gente, la idea de que estamos en sequía y sin embargo podemos abrir piscinas con un numerus clausus de gente. Eso no tiene ni pies ni cabeza”, sentencia Rivas.

El presidente de la FMC y alcalde de Esparraguera explica lo que hará en el caso concreto de su localidad: “en mi localidad no dejaré abrir piscinas. Solo abrirá la piscina municipal y punto”, sentencia.

En Esparraguera hay dos urbanizaciones e inmuebles con piscina, pero no autorizará su apertura, “porque ya tenemos la piscina municipal”. “Los político debemos saber también decir 'no', y explicar por qué no", sentencia.

Piscinas solo con agua desalinizada

En la actual situación por sequía, las zonas declaradas en emergencia no pueden llenar ni rellenar las piscinas. Y si no se pueden rellenar ni renovar el agua, esta se evapora y finalmente resulta impracticable.

En situación de emergencia, el plan especial de sequía solo permite el empleo de agua desalinizada. Por eso en el caso de los hoteles tendrá la doble vía: desalinizadoras portátiles o ser refugio climático.

De heho, los hoteleros de la costa de Girona han activado sus planes para poder disponer de agua desalinizada en sus piscinas este verano

Las soluciones no se pueden improvisar

Meritxell BudóPresidenta de la Associació Catalana de Municipis

Meritxell Budó, presidenta de la Associacio Catalana de Municipis, recalcó que la apertura de piscinas privadas al público en general es una idea “que nos preocupa” pues tiene múltiples implicaciones. “Las soluciones no se pueden improvisar”, sentencia en declaraciones a este diario la alcaldesa de La Garriga

“Hay que tener en cuenta que detrás de las piscinas hay unas responsabilidades, unos criterios de seguridad en asuntos como socorristas, se ha de ver si es viable. Es más complicado que hacer un mero anuncio…”

Budó arguye que, entre otras circunstancias imprevisibles, se puede dar el caso de que un ayuntamiento designara como refugio una piscina comunitaria, pero que los propietarios no aceptaran el acceso público.

Este caso plantearía el debate de cómo respetar la propiedad privada. “Habría que ver entonces si el interés general pasa por encima de la propiedad privada; son cuestiones que se deben calibrar muy bien”.

Además, ese uso público de la piscina comunitario plantea además si se debería hacer una modificación de los estatutos referidos a los usos de la piscina, lo cual requeriría una reunión de los vecinos de la comunidad.

Por otra parte, si los vecinos accedieran a que entraran en su piscina otras personas se plantea si deben cobrar, cuando ellos no son una entidad económica.

Budó que todos estos extremos no han sido abordados por el Govern. 

Los umbrales de consumo máximos por plaza por los establecimientos de alojamiento turístico

Por otra parte, a través del decreto ley aprobado, el plan especial de sequía se modifica también para establecer los umbrales de consumo máximos por plaza por los establecimientos de alojamiento turístico. Estos serán equivalentes al consumo de los ciudadanos de Catalunya: 115 litros/plaza en situación de excepcionalidad; 100 litros por plaza en emergencia o emergencia I y 90 litros en la fase de emergencia II. En los municipios donde se superen las dotaciones máximas establecidas en el plan especial de sequía durante tres meses consecutivos, las limitaciones de consumo de dichos umbrales tendrán carácter obligatorio para los establecimientos turísticos que estén situados.

El Govern argumenta que adopta esta medida porque la práctica totalidad de los establecimientos turísticos están conectados a las redes de distribución en las mismas condiciones de suministro que los domiciliarios (garantía de calidad, de presión, de servicio continuado), y aunque no son usos domésticos en sentido estricto, actualmente se benefician de la máxima prioridad frente a otros usos como los industriales, los agrarios o ganaderos, que tienen limitaciones.

Agua de las desalinizadoras móviles: requisitos para los promotores

El decreto también también establece concreciones sobre el nuevo régimen especial para desalinizadoras móviles de titularidad privada. La obtención de agua a través de instalaciones de desalinización de agua de mar de titularidad privada se considera una aportación adicional financiada con fondos propios, es decir no públicos.

Plaja ha asegurado que si los titulares de piscinas privadas, como hoteles o comunidades de propietarios, deciden instalar una desaladora portátil y cumplen con los requisitos para colocarla "no tendrán limitaciones" de agua, ya que sería agua que no forma parte del sistema. 

Los promotores de estas desalinizadoras deben disponer de la correspondiente concesión del dominio público hidráulico

Además, el usuario o la comunidad de usuarios que la utilicen deben destinar la instalación al mantenimiento de la actividad económica que desempeñan y garantizar el correspondiente mantenimiento de los puestos de trabajo de la actividad.

Otro requisito es que el usuario o la comunidad de usuarios deben presentar un plan de ahorro de consumo de agua respecto a su consumo en situación de normalidad

Igualmente la llegada del agua al punto o puntos de utilización se haga con un almacenamiento periódico de mínimo 7 días o llegue con la red de distribución

Y el requisito finales que en  caso de que se constituya una comunidad de usuarios, se ofrezca la entrada a la comunidad a explotaciones agrícolas o ganaderas que tengan dificultades en el suministro de agua.

Modificación del régimen sancionador

Por otra parte, se modifica el régimen sancionador establecido para los ayuntamientos, con el fin de acercar el modelo a un sistema que se centre en sancionar el exceso de consumo y no  los daños; por tanto, se eliminan los grandes importes de las sanciones por este concepto. Y se toma en consideración un período trimestral consecutivo de la infracción (y no mensual, como hasta hora). Esta previsión  permite tener en cuenta la tendencia en la evolución del consumo en un período más dilatado y modular así la sanción de forma que el resultado del expediente sea más ajustado a las circunstancias concurrentes", aduce el Govern.

La infracción leve se sancionará con multa de hasta 10.000 euros, la infracción grave con multa entre 10.000,01 y 50.000 euros, y la infracción muy grave con multa de 50.000,01 a 150.000 euros.

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