El caso del envenenamiento con anticongelante del oso Cachou sigue vivo: el juicio es inminente

Tres años de investigación

El juez de Viella dicta dos resoluciones que aclaran la tramitación penal y aceleran el inicio de la vista oral

El caso del envenenamiento con anticongelante del oso Cachou sigue vivo: el juicio es inminente

El cadáver del oso Cachou fue localizado en abril de 2020 y la causa de la muerte se mantuvo en secreto durante meses por decisión juduicial  . 

CVA

La muerte por intoxicación con anticongelante del oso conocido como Cachou, en abril de 2020, parece estar muy cerca de llegar a juicio. El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Viella ha dictado este mes de junio dos resoluciones por las que, por una parte, se rechaza la petición de anulación de la causa y, por otra, se conceden un plazo de 10 días a la fiscalía y las acusaciones para que pidan la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. 

Todo hace pesar que, por lo menos alguna de las tres partes personadas como acusación particular, solicitarán que las dos personas sobre las que se mantiene la posible imputación acaben siendo juzgadas. Sobre ellas se mantiene, como ha indicado ahora el actual juez de Viella, investigación por delitos contra la fauna (por la muerte de Cachou), prevaricación y revelación de secretos (por la información oficial intercambiada entre los dos acusados en la que se señalaba la localización de osos en el Pirineo).  

Dos investigados y posibles imputados

El juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Viella ha dictado ahora dos resoluciones que aclaran la tramitación del caso Cachou y dejan la causa a punto para la más que probable celebración del juicio contra las dos personas investigadas (posibles imputados): Aran Medan Guerrero, Agente de Medio Ambiente de la Vall d'Aran y persona que podría haber tenido acceso y difundido los datos de localización del oso envenenado; y José Antonio Boya Quintana, miembro del Consell General d'Aran y ex consejero de Territorio de este mismo órgano del gobierno aranés, que en diversas ocasiones había comentado que se podría acabar con la vida de un oso embonándolo con anticongelante.

Por una parte, el actual juez de Viella desestima la petición de las defensas de los dos investigados que consideraban que todas las investigaciones deberían ser anuladas y el caso sobreseido porque la anterior titular de este juzgado único de Viella (ahora retirada de la judicatura) publicó un artículo en internet comentando la importancia y complejidad del caso Cachou. Las defensas argumentaban que la juez que en su día instruyó el caso mostraba parcialidad que podía entenderse en contra de los investigados. 

El actual juez de Viella rechaza estos argumentos recordando que la anterior juez firmó el escrito denunciado cuando ya no era miembro de la judicatura y, por tanto, no puede considerarse una interferencia en el caso sino ejercicio de la libertad de expresión.

Aclaración de los posibles delitos

Por otra parte, el actual juez estima el recurso de reforma planteado en contra del auto del 12 de octubre de 2022 y, para resolver esta situación, plantea los hechos de forma más clara.

Mantiene como investigados (y posibles imputados) a Aran Medan Guerrero y a José Antonio Boya Quintana, indicando que, "con la provisionalidad propia del momento procesal en que nos encontramos", de las diligencias realizadas se deduce la posible imputación de estos dos acusados en la revelación de los datos que permitieron localizar al animal, "y proceder a su eliminación intoxicándolo con etilenglicol". 

Oso Cachou

Oso Cachou

El nuevo auto del actual juez de Viella indica que "la existencia de tales hechos se presume por la concurrencia de distintos indicios" detallados en los informes policiales. Así, el juez recuerda conversaciones en grupos de Whatsapp, "en las que se planificaban acciones contra el oso de forma abierta", en las que participaban los dos imputados. 

El juez dispone la continuación de las diligencias previas y traslada la causa a la fiscalía y las acusaciones personadas para que, en el plazo de 10 días soliciten la apertura de juicio oral, el  sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias. 

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