El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado las zonas de bajas emisiones de la capital este martes tras estimar parcialmente el recurso presentado por el grupo municipal de Vox. La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que las medidas adoptadas por la Ordenanza 10/2021 del Ayuntamiento de Madrid incurren en una “patente insuficiencia del informe de impacto económico”. En concreto, la sentencia alude al hecho de que las medidas restrictivas afectan presumiblemente a los colectivos con menor capacidad económica, incapaces de acceder a nuevos vehículos que cumplan con las exigencias ambientales.
Así, los preceptos de la Ordenanza que definen la extensión tanto de la ZBE en todo el municipio de Madrid como de las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) de “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica” han sido censurados, mientras que subsiste el resto del articulado. Sin embargo, esto no quiere decir que los vehículos sin distintivo ambiental puedan circular libremente por Madrid a partir de ahora.
Restricciones y sanciones en vigor
¿Siguen multando en las ZBE de Madrid?
Sí, el Ayuntamiento de Madrid seguirá multando. La resolución del TSJ no es firme y contra ella cabe la interposición de recurso de casación contra el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días. De hecho, el Consistorio ya ha admitido que sus servicios jurídicos están estudiando esta posibilidad. Solo en el caso de que el Supremo ratificara la sentencia, se llevaría a cabo la anulación de las zonas de bajas emisiones con carácter ejecutivo.
Hasta entonces, se mantienen en vigor las sanciones por incumplir la Ordenanza regulatoria. Los vehículos sin distintivo ambiental no empadronados que accedan a la ZBE de Madrid y la ZBEDPE Plaza Elíptica se enfrentan a una sanción de 200 euros. De igual modo, el acceso a la ZBEDPE Distrito Centro no está permitido para los vehículos con etiqueta B y C, que deberán pagar una multa por la misma cuantía.
Supresión de las multas
Reclaman 330 millones de euros
Por su parte, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) reclama paralizar la tramitación de las multas y la devolución de lo recaudado, que cifra en 330 millones de euros. “Precisamente el pasado mes de agosto, AEA pidió al Alcalde de Madrid una moratoria de dos años en la aplicación de las restricciones de circulación para los vehículos sin etiqueta, en base a los mismos argumentos que ha utilizado el TSJM para anular las ZBE de Madrid”, apunta la asociación.
El plan del Ayuntamiento consiste en prohibir la circulación de los camiones, furgonetas, motos y ciclomotores sin etiqueta a partir del 1 de enero de 2025. En este caso, “dos de cada tres vehículos que componen el parque madrileño quedaría inhabilitado para circular por la capital” tras la entrada en vigor de esta medida, según AEA.
Esta asociación celebra que la sentencia señale que no se ha cumplido con el “principio de transición justa”, al no haber tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales más vulnerables, como son los autónomos, microempresas o pymes. “AEA pidió la moratoria con los mismos argumentos que ahora el TSJM ha utilizado para anular las zonas de bajas emisiones y es que la Ordenanza no cumple con el principio de proporcionalidad al que debe vincularse la actividad administrativa restrictiva de derechos”, concluyen.