Cuando conducimos debemos ser conscientes de lo importante que es respetar las normas de circulación. Si lo hacemos, estaremos velando por nuestra propia seguridad y la de aquellos que nos acompañan, dentro y fuera del coche. Por ello, es necesario que conozcamos bien los límites impuestos y la utilidad de estas medidas para evitar grandes riesgos.
Sin embargo, cada año se producen un gran número de multas. Sólo en la Comunidad de Madrid, en 2023 se registraron un total de 2.603.669 denuncias, con un importe de 341.363.840 €, según la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (EAE). Asimismo, en este informe se refleja la preocupación por el aumento de infracciones como la no utilización de Sistemas de Retención Infantil (SRI), que supone una multa de 200 € y la retirada de 4 puntos del carné.
Por su parte, el exceso de velocidad es la causa de sanción más habitual y la que más dinero genera para las arcas públicas, según la DGT. Además, este organismo también incluye entre las multas más comunes conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, no usar el cinturón de seguridad y utilizar el teléfono móvil al volante.
La infracción más habitual, según la DGT
El exceso de velocidad
Según los datos del último recuento de la DGT, más de 1.000 radares registraron en 2022 un total de 3’5 millones de sanciones por esta causa, que ya supone entre el 30 % y el 40 % de las fracciones en el ámbito de la conducción.
“Superar la velocidad permitida reglamentariamente en 60 km/h (vías urbanas) y en 80 km/h (vías interurbanas) es constitutivo de delito”, según establece el artículo 379 del Código Penal. De hecho, en los casos más graves puede incluso suponer una pena de prisión de tres a seis meses. Asimismo, la multa oscila entre los 100 € y 600 €; e implica la pérdida de hasta 6 puntos del carné.
Hay que tener en cuenta que se trata del factor concurrente más habitual en los accidentes con víctimas; y es que dos de cada tres sanciones en vías interurbanas están directamente relacionadas con los excesos de velocidad.
Una de las imprudencias más graves
El uso del teléfono móvil al volante
En las últimas décadas, el número de personas que utiliza el teléfono móvil mientras conduce ha aumentado notoriamente, lo que ha provocado una normativa más restrictiva.
Entre las prácticas más habituales, nos encontramos el envío o la lectura de mensajes, hablar sin poner el manos libres, seleccionar música, utilizar el GPS, hacer fotos o vídeos e incluso buscar información. Ante esto, la DGT afirma que utilizar el móvil mientras conduces puede suponer un aumento de hasta cuatro veces el riesgo de sufrir un accidente.
Por ello, la sanción implica una multa de 200 € y, con la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial de 2022, la pérdida de hasta 6 puntos del carné.
Entre 500 y 1000 € de multa
Conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas
Indica la DGT que el alcohol tiene una presencia de entre el 30 % y el 50 % de los accidentes mortales. La multa por conducir en estado en embriaguez puede ascender hasta los 1000 €, siendo la mínima de 500 €; y, como en los casos anteriores, supone la pérdida de entre 4 y 6 puntos del carné de conducir.
200 € de multa y la retirada de 4 puntos del carné de conducir
No llevar el cinturón de seguridad
Cuesta creerlo, pero a día de hoy sigue habiendo muchos conductores que no llevan el cinturón de seguridad. La multa asciende a 200 € y lleva consigo la retirada de 4 puntos del carné de conducir; algo que se extiende al empleo del casco para los motoristas.
Otros motivos de sanción
Desde una ITV caducada hasta negarse a identificar al conductor
Además, el Reglamento General de Circulación especifica como leves o graves las infracciones por aparcar mal y las penaliza con multas de entre 80 y 200 €. Esta última cuantía es la que recae también sobre aquellos que conducen sin luces cuando es obligatorio, algo bastante habitual al anochecer o en momentos de niebla. Asimismo, también son 200 € de multa para las personas que no hayan renovado el carné en su momento o no respeten las señales de STOP, los semáforos en rojo, las distancias de seguridad o el paso preferente de ciclistas y peatones.
Otra causa en la que muchos incurren alguna vez es circular con la ITV caducada, una infracción muy grave, cuya multa asciende a los 500 €. Y también grave y más desconocida es la multa por negarse a identificar a quien haya cometido una infracción. En este caso, la sanción podrá ascender hasta los 900 €, dependiendo de la gravedad; y el sancionado no podrá beneficiarse de la reducción del 50 % por pago dentro del período voluntario.