En 2021, la Generalitat de Catalunya comienza a recaudar un nuevo impuesto, que tributa anualmente las emisiones de dióxido de carbono (CO2) de los vehículos de tracción mecánica. Así, cuanto más contamine un ejemplar mayor será la cantidad a abonar por su titular. El gravamen no solo es para los turismos de hasta nueve plazas y las furgonetas, también afecta a las motocicletas y demás modelos incluidos en las categorías L3e, L4e, L5e i L7e.
Esto excluye a los ciclomotores, que se libran de pagarlo. Asimismo, este año, las motos, scooters, triciclos y cuadriciclos cuyas emisiones sean inferiores a los 120 g/km quedan exentos; en el siguiente ejercicio, el límite bajará a los 95 g/km. Obviamente, las monturas eléctricas no tributan, ya que no contaminan. También se ahorran el pago los propietarios de vehículos clásicos o con matrícula histórica.
En este artículo nos estamos centrando específicamente en los ejemplares pertenecientes a las antes citadas categorías L3e, L4e, L5e i L7e, por lo que no hacemos referencia a otros segmentos del parque motorizado. De todos modos, la inmensa mayoría de las condiciones del impuesto también son aplicables a los turismos y furgonetas (camionetas de más de 3,5 toneladas, autocares y vehículos de más de 9 plazas, entre otros, no están sujetos al gravamen).
¿Quién debe pagarlo?
Las personas (físicas y jurídicas) que en 2020 eran titulares de un vehículo y constaba su domicilio fiscal en Cataluña deben liquidar el tributo en 2021. También tienen que hacerlo las personas jurídicas que, sin residencia fiscal en territorio catalán, tenían un establecimiento, sucursal u oficina con vehículos registrados en Cataluña en aquel ejercicio.
¿Cómo puedo saber cuánto pagaré ?
La Generalitat ha creado un simulador online que permite calcular cuánto debe pagar el contribuyente por cada ejemplar del que sea titular. Solo es necesario marcar el tipo de vehículo y su cifra de emisiones. El 1 de mayo, la Generalitat publicará, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), un padrón provisional con el importe que corresponde a cada vehículo para el ejercicio 2020. En el caso de que se detecte algún error, se podrán presentar alegaciones hasta el 4 de junio. A partir del 1 de septiembre, se publicará el padrón definitivo y se iniciará el periodo de pago.
¿Cuál es el coste por tramo de emisiones?
En el caso de las motocicletas (y turismos), el montante a abonar puede oscilar entre los 5,5 euros de los ejemplares que emiten entre 120 y 130 g/km de CO2 y los 276 euros de aquellos que expulsan entre 350 y 400 g/km. Cabe señalar que, según explica la propia ATC, cuando el importe total a ingresar es inferior a 6 € no se genera obligación tributaria.
Cuota anual orientativa para el ejercicio 2020Motocicletas y turismos
1Menos de 120 g/km: 0 euros
2Entre 120 g/km y 130 g/km: 5,5 euros
3Entre 130 g/km y 140 g/km: 11 euros
4Entre 140 g/km y 150 g/km: 17,5 euros
5Entre 150 g/km y 160 g/km: 24 euros
6Entre 160 g/km y 170 g/km: 32 euros
7Entre 170 g/km y 180 g/km: 40 euros
8Entre 180 g/km y 190 g/km: 48 euros
9Entre 190 g/km y 200 g/km: 56 euros
10Entre 200 g/km y 210 g/km: 67 euros
11Entre 210 g/km y 220 g/km: 78 euros
12Entre 220 g/km y 230 g/km: 89 euros
13Entre 230 g/km y 240 g/km: 100 euros
14Entre 240 g/km y 250 g/km: 111 euros
15Entre 250 g/km y 300 g/km: 166 euros
16Entre 300 g/km y 350 g/km: 221 euros
17Entre 350 g/km y 400 g/km: 276 euros
¿Cuándo hay que pagar el impuesto?
Cuando se publique el padrón definitivo, a partir del 1 de septiembre, comenzará el periodo de pago a través de la sede electrónica de la ATC. A partir del mes de octubre, los titulares que no hayan realizado el pago, recibirán una notificación en su domicilio fiscal con el importe a ingresar y los plazos para hacerlo. Entonces, podrán pagar igualmente en la sede electrónica de la ATC, en entidades financieras colaboradoras, a través del teléfono 012, en las oficinas de Correos y en todas las oficinas y delegaciones de la ATC.
¿Se puede domiciliar el pago?
Sí. Cuando se publique el padrón provisional, el 1 de mayo de 2021, se podrá solicitar siempre que se haya accedido con identificación digital y se opte -sin estar obligado a ello- por recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria de Cataluña por medios electrónicos. En este caso, la cuota para el 2020 y para los años sucesivos quedará domiciliada con una bonificación del 2% de la deuda. El importe se cargará el 5 de noviembre de 2021.
¿Debo pagar el gravamen si me robaron la moto?
El titular no tributará por los días en que el vehículo figurara como baja temporal por motivo de robo a la DG de Tráfico.
¿Quién paga el impuesto de una moto de segunda mano cuya compra-venta se realizó el año pasado?
Deberá abonarlo la persona que fuera titular del vehículo el 31 de diciembre de 2020.
¿Debo pagar este impuesto si compré una moto nueva a partir del 1 de enero de 2021?
En este caso la liquidación se realizará en 2022 porque durante el corriente ejercicio solo hay que pagar los vehículos de los que se era titular en 2020.
¿Qué sucede si el titular del vehículo ha fallecido?
En el caso de que la persona propietaria haya muerto, corresponde a los herederos el pago del impuesto.