Durante esta semana, la Dirección General de Tráfico (DGT) llevará a cabo una campaña de vigilancia específica en las carreteras españolas. Hasta el 13 de diciembre, los agentes realizarán controles de alcohol y drogas. A pesar de que la situación por el coronavirus impide la celebración de las típicas comidas y cenas navideñas de empresa, el organismo ha decidido activar estas acciones preventivas con el objetivo de detectar y quitar de la circulación a aquellos conductores que manejan un vehículo bajo la influencia de estas sustancias.
Y es que, a pesar de la excepcionalidad sanitaria que estamos viviendo desde el pasado mes de marzo, con las consecuentes restricciones de movilidad y reunión, se ha detectado un incremento del porcentaje de personas que han dado positivo en los controles de drogas. Según los datos facilitados por la DGT, en los últimos tres meses se ha pasado de un 35% de positivos en controles preventivos en 2019 a un 50% en 2020, y en el caso de pruebas realizadas tras producirse un accidente ese dato ha aumentado del 19% al 23%.
En los últimos tres meses se ha pasado de un 35% de positivos en controles preventivos en 2019 a un 50% en 2020
No hay que olvidar que conducir habiendo ingerido alcohol o sustancias psicotrópicas incrementa el riesgo de sufrir un percance de gravedad. Las estadísticas de siniestralidad indican que el alcohol fue la segunda causa de los accidentes mortales que se produjeron el año pasado (24%), solo por detrás de las distracciones. En total, más de uno de cada tres conductores fallecidos había consumido alcohol u otras drogas.
La campaña, incluida en el calendario de actuaciones que realiza TISPOL (Organización Internacional de Policías de Tráfico), supone la realización de controles disuasorios en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día.
Por la seguridad de uno mismo y la del resto de usuarios de la vía, es importante manejar vehículos en plenas condiciones. En este sentido, cabe remarcar que la ingesta de alcohol es incompatible con la conducción segura. A continuación, detallamos los efectos que provoca dependiendo del grado de alcoholemia en sangre.
Efectos del alcohol
Alcoholemia 0,15 gr/l
Provoca una disminución de reflejos.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 1,2.
Alcoholemia 0,2 gr/l
Provoca error en la apreciación de las distancias.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 1,5.
Alcoholemia 0,3 gr/l
Provoca excitación emocional; disminución de la agudeza mental y capacidad de juicio; relajación y sensación de bienestar; así como deterioro ocular.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 2.
Alcoholemia 0,5 gr/l
Provoca un aumento del tiempo de reacción; inicio de la perturbación motriz; euforia, distensión, falsa sensación de bienestar.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 3.
Alcoholemia 0,8 gr/l
Provoca estado de embriaguez, con los reflejos muy perturbados y la pérdida de control de los movimientos.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 4,5.
Alcoholemia 1,20 gr/l
Provoca embriaguez muy importante, con alteración de la coordinación y la visión, así como la disminución de la percepción del riesgo.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 9.
Alcoholemia 1,50 gr/l
Provoca embriaguez severa, con notable confusión mental, agitación psicomotriz y psicosensorial, visión doble y actitud titubeante.
El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 16.
En cuanto a los efectos que tienen las drogas en el organismo, la DGT también ha detallado qué provoca el consumo de estas sustancias prohibidas.
Efectos de las drogas
Depresoras
Los opiáceos y psicofármacos (ansiolíticos, tranquilizantes o hipnóticos) reducen la capacidad de reacción, de concentración y los reflejos.
Estimulantes
La cocaína, anfetaminas, nicotina y xantinas dan falsas creencias de control, provocan descoordinación, disminución de reflejos y pérdida de capacidad visual y auditiva.
Perturbadoras y alucinógenas
LSD, derivados del cannabis, drogas de síntesis y hongos causan alucinaciones, cambios en la percepción de la realidad y visiones imaginarias.
La Ley de Seguridad Vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Para los conductores en general, a partir de 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado es dar positivo; esta cifra se reduce a 0,15 mg/l para los noveles y profesionales. Hasta 0,50 mg/l (0,30 mg/l), la multa alcanza los 500 euros y 4 puntos. Superar los 0,50 mg/l supone 1000 euros y seis puntos (lo mismo para positivos en drogas).
Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol (más de 0,60 mg/l) o bajo la influencia de drogas: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. Negarse a hacer la prueba de control supone prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.