Absueltos los dos policías locales de Vila-seca acusados de intentar asesinar a un hombre
Juzgados
La juez afirma que el relato de la víctima ofrece "fuertes y poderosas dudas" y considera que no hay pruebas
La Audiencia de Tarragona ha absuelto a los dos policías locales de Vila-seca acusados de asesinato en grado de tentativa, torturas graves, permitir torturas graves y falsedad documental. La juez ha tomado la decisión por "falta de pruebas".
Los hechos se remontan al 2013, cuando un hombre habría sido vapuleado en una discoteca de La Pineda.
Meses después, la víctima afirmó haber recibido una nota anónima en la que se apuntaba que las heridas se las causaron los dos agentes.
En el caso también quedaron absueltos el Ayuntamiento de Vila-seca, como posible responsable civil de los daños al hombre, y el entonces jefe de la policía local, que llegó a ir a juicio pero al inicio de la vista el fiscal retiró la acusación de falsedad documental y encubrimiento.
En la sentencia que avanzó el 'Diari de Tarragona' la magistrada analiza los catorce indicios que se pusieron sobre la mesa durante el juicio, a partir de testigos y análisis.
La juez pone de manifiesto que la víctima "no recuerda qué ocurrió" y reconoce que hay "fuertes y poderosas dudas sobre la certeza de los hechos denunciados". Por todo ello, afirma que existe una "imposibilidad de determinar cómo sucedieron los hechos" y que, ante un escenario en el que "los indicios tienen teorías alternativas más favorables a los acusados o contraincidios que impiden realizar una construcción condenatoria", absuelve los policías de todos los presuntos delitos. La Fiscalía pedía hasta 20 años de cárcel para ambos agentes.
En el juicio que se celebró a finales de noviembre de 2023, la presunta víctima declaró que pensaba que las lesiones que sufría se habían producido porque la habían atropellado y que no recordaba cómo llegó herida hasta la puerta del piso donde vivía.
10 años
Los hechos se remontan a enero de 2013 en la fiesta de final de temporada de los trabajadores de PortAventura
Los hechos se remontan a enero de 2013 en el marco de la fiesta de final de temporada de los trabajadores de PortAventura que se celebraba en la antigua discoteca Pacha de la Pineda (Vila-seca).
Según el hombre, le habrían puesto "algo" en la bebida durante la noche y lo siguiente que recordaba era haberse despertado en la entrada del edificio de su piso de Salou gravemente herido. Sin embargo, dijo que caminó "cuatro o cinco kilómetros" de nuevo hasta la discoteca para recuperar las llaves del piso que tenía en el coche. Durante el trayecto, un peatón le asistió y llamó a una ambulancia, que le llevó al hospital de Santa Tecla, donde estuvo ingresado nueve días.
Al recibir el alta regresó a su domicilio de Lleida. Pocos días después se encontraba mal y acudió al médico, que decidió volver a ingresarle en el hospital.
Según constaba en el escrito del fiscal, sufrió la rotura de tres costillas, una lesión pulmonar, un neumotórax traumático, un derrame pleural postraumático y amnesia lacunar postraumática.
Para el ministerio público, las lesiones eran de tal gravedad "que implicaron compromiso vital para el perjudicado, ya que de no haber recibido atención médica habría fallecido".
Según el hombre, le habrían puesto "algo" en la bebida durante la noche y lo siguiente que recordaba era haberse despertado en la entrada del edificio de su piso de Salou gravemente herido.
Pero año y medio después de los hechos, en el buzón de su domicilio de Lleida recibió una carta anónima en la que se implicaba directamente a dos policías locales de Vila-seca de las heridas que sufrió. Fue entonces cuando presentó la denuncia a los Mossos d'Esquadra, que iniciaron una investigación que desembocó en la detención de los tres encausados.
El caso tuvo previamente otra derivada. En el 2020 se juzgó, y absolvió, a dos agentes de los Mossos d'Esquadra que estaban acusados de haber evitado la investigación sobre los policías locales de Vila-seca.
La fiscalía pedía 2,5 años de cárcel, 1 año y 9 meses de inhabilitación, y 1.800 euros de multa por un supuesto delito de falsedad documental, y otros cinco meses de inhabilitación por omisión del deber de perseguir delitos.
La sentencia concluyó que no se había acreditado que ambos mossos tuvieran un plan preconcebido para no investigar los hechos, tal y como sostenía la fiscalía.
Las resolución no fue unánime y uno de los tres magistrados emitió un voto particular porque consideraba que se les debía condenar.