Ex portavoz de IU en Sevilla reclamará que la juez Mercedes Alaya le pague 73.500 euros
Informe del CGPJ
Antonio Rodrigo Torrijos, que fue absuelto en el caso Mercasevilla, dice que todo fue una maniobra para dinamitar el pacto PSOE-Izquierda Unida en el consistorio hispalense
El exprimer teniente de alcalde y exportavoz municipal de IU en el Ayuntamiento de Sevilla, Antonio Rodrigo Torrijos, va a reclamar una indemnización de 73.500 euros después de su absolución en el conocido como caso Mercasevilla y el reciente informe emitido por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que certifica el “anormal funcionamiento” de la Justicia en ese procedimiento. La “anormal” instrucción del caso fue llevada a cabo por la juez Mercedes Alaya, que después se encargaría de los ERE de Andalucía.
Rodrigo Torrijos ha manifestado que si finalmente el Ministerio de Justicia acepta indemnizarle y fija una cuantía, recurrirá al denominado como “procedimiento de repetición” para que la indemnización no sea cargada al erario público, sino “a la persona que ha originado el daño”, señalando expresamente a la juez Alaya.
El órgano de gobierno de los jueces reconoce la “anormal instrucción” del caso Mercasevilla
Antonio Rodrigo Torrijos ha explicado que el informe del CGPJ se produce después de que tanto él mismo como el exdirector de Vía Pública del Ayuntamiento hispalense, Domingo Enrique Castaño (PSOE), hayan formulado una reclamación de responsabilidad patrimonial al Estado por sentirse perjudicados en la instrucción del caso.
Rodrigo Torrijos recuerda que las diligencias arrancaron en 2009 a partir de una denuncia inicial del entonces concejal popular, y posteriormente ministro del Interior Juan Ignacio Zoido, que en ese momento ejercía como portavoz del PP en el Ayuntamiento hispalense
La juez Mercedes Alaya imputó a Rodrigo Torrijos en 2011, “en plena campaña electoral” de los comicios municipales de aquel año, lo que en su opinión facilitó que Zoido lograra alcanzar la Alcaldía por mayoría absoluta.
El supuesto “escándalo” entonces investigado, con amplia repercusión política y mediática, concluyó el 21 de junio de 2017, cuando el Juzgado de lo Penal número 13 de Sevilla hacía pública su “contundente e incontestable” sentencia absolviendo a los diez acusados en la causa, una absolución que “nadie recurrió, ni siquiera la Fiscalía”, recuerda Torrijos.
La instrucción de la juez Alaya se prolongó durante más de siete años
La tramitación de las diligencias previas por parte del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla que entonces dirigía Mercedes Alaya se prolongó durante más de siete años, con “lapsos temporales de completa inactividad”.
Para Rodrigo Torrijos, en aquel tiempo medió “una confluencia mediática, empresarial y política, con objetiva connivencia judicial”, para “acabar con el acuerdo de gobierno” que hasta 2011 mantenían PSOE e IU en el Ayuntamiento de Sevilla, en el contexto de “una España pintada de azul”, en alusión a los gobiernos municipales del PP.
La juez Mercedes Alaya, entonces al frente del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla y actualmente en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, jugó según Rodrigo Torrijos “un papel importante en esa estrategia”, pues el ámbito judicial fue “una parte sustanciosa de la misma”.
La denuncia contra Torrijos fue presentada por Juan Ignacio Zoido que poco después ganó la Alcaldía
Dicha “estrategia” promovida contra el entonces Gobierno local de coalición entre el PSOE e IU en el Ayuntamiento de Sevilla fue según ha opinado “un laboratorio” de la operación similar que a su entender afronta el actual Ejecutivo central conjunto del PSOE e Unidas Podemos. “Había una estrategia para acabar con una experiencia ilusionante de un gobierno de izquierdas”, ha aseverado, defendiendo que aquel gabinete estaba “poniendo los intereses generales por encima de los particulares” y promoviendo iniciativas “novedosas”.
Según ha manifestado, la actuación de la juez Alaya fue “más allá de una sola irregularidad”, señalando especialmente la transformación de las diligencias previas en sumario en diciembre de 2013, finalmente anulada, porque según Torrijos y Castaño dicha medida “constituía un gravísimo error procesal absolutamente inexcusable, debiendo haberse incoado procedimiento abreviado”.