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Jubilación anticipada para trabajos de riesgo

Mercado laboral

Se aplicaría a las profesiones con más bajas y mayor mortalidad

Los bomberos son una de las actividades que ya pueden optar a un retiro adelantado

Xavi Jurio

Bomberos, trabajadores ferroviarios, personal de vuelo y policías locales son algunos de los ocho colectivos a los que se aplica actualmente un régimen diferenciado de jubilación anticipada al considerarlos actividades de riesgo. Pueden pasar antes al retiro que el resto de los trabajadores por las características de su profesión. Pues bien, ahora el listado de ocupaciones, categorías o actividades profesionales que pueden jubilarse anticipadamente se va a ampliar cuando se considere que estos trabajos son de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre. ¿Cómo se determinarán estas actividades? Pues en función de sus índices de morbilidad o mortalidad.

Es la propuesta que el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha planteado esta semana a los agentes sociales para establecer los denominados coeficientes reductores que regularán esta anticipación de la edad de jubilación. De entrada, un límite. En ningún caso se podrá acceder a la pensión con menos de 52 años. Y a continuación, tres índices para identificar las ocupaciones a las que se aplicará. Uno de los índices se basa en el total de las prestaciones por bajas dividido por la suma de las bases de cotización; un segundo calcula el número total de bajas dividido por el número de trabajadores expuestos al riesgo; y el tercero divide el número de fallecimientos también por el número de trabajadores .

Sindicatos y patronal propondrán qué actividades tendrán este acceso adelantado a la pensión

Son los criterios para determinar los trabajos afectados en función de su morbilidad o mortalidad, pero también se prevé afrontar el caso de actividades en sectores concretos donde el índice de enfermedades o defunciones no sea elevado, pero en los que los requerimientos físicos o psíquicos para realizar el trabajo a partir de una determinad edad supongan penosidad. En estos casos, se creará un grupo de trabajo, con representantes de distintos ministerios, sindicatos y patronales para estudiar su posible inclusión.

Un elemento a añadir es que, para mantener la sostenibilidad del sistema, el gasto extra que supondrá la jubilación anticipada de estos trabajadores, se compensará con un incremento de su cotización a la Seguridad Social. Este aumento tomará la forma de “un tipo de cotización adicional que correrá a cargo de la empresa y del trabajador o únicamente a cargo del trabajador cuando se trate de trabajadores autónomos”, dice el borrador de decreto ley presentado a los agentes sociales al que ha tenido acceso La Vanguardia . Es una cotización extra que se establecerá cada año en los Presupuestos Generales del Estado.

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“Es una propuesta para seguir negociando” indican desde los sindicatos y apuntan que hará falta “una mejora de los índices que propone, alguno sobra y otros faltan”. También añaden que hay que mejorar la definición de penalidad por requerimientos físicos o psíquicos vinculados a la edad.

Uno de los puntos aún abiertos es qué actividades serán las que podrán acogerse a este régimen. Lo que se establece es que se identificarán a través de un procedimiento que podrán iniciar de forma conjunta las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y que la solicitud deberá resolverse en el plazo máximo de seis meses.

José Luis Escrivá Belmonte Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública de España

Dani Duch / Propias

Son ocho los colectivos a los que ya se aplica actualmente algún régimen diferente de jubilación anticipada en función de la actividad. Son mineros, personal de vuelo, ferroviarios, artistas, toreros, bomberos, ertzainas y policías locales. “No se calcula de la misma forma en cada colectivo”, explica Álvaro Granado, del área de Pensiones de KPMG Abogados. En el personal de vuelo de trabajos aéreos por ejemplo, al periodo efectivamente trabajado se la aplica un coeficiente reductor del 0,40 a los pilotos y del 0,30 a los mecánicos. Por su parte, en la policía local, este coeficiente queda en el 0,20 de los años efectivamente trabajados.