Los ERTE penalizan a los sueldos bajos con hasta 200 euros en el IRPF

Las consecuencias de la covid

El sobrecoste es para empleados con ingresos de entre 14.000 y 18.000, según el REAF

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La superación de la crisis derivada de la pandemia será este año un poco más difícil para los trabajadores con sueldos bajos que sufrieron un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo). Todos los asalariados que estuvieron en ERTE y que tengan unos ingresos de entre 14.000 y algo más de 18.000 euros anuales pagarán hasta 200 euros más a Hacienda solo por haber estado en paro temporal. Son los cálculos que presentó ayer el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España– sobre ese colectivo de trabajadores en todas las comunidades siempre que los ingresos por ERTE superen los 1.500 euros anuales.

En Catalunya se introdujo una medida correctora para neutralizar ese efecto, pero no será suficiente para evitar que los trabajadores catalanes en ERTE paguen más que si no hubieran estado en esa situación, según explicó Luis del Amo, del REAF.

Los economistas piden una“reorganización” de los impuestos a la riqueza como IRPF, Patrimonio o IBI

El caso más extremo es el de los empleados con ingresos de 18.000 euros anuales (provenientes de su empresa y del ERTE), como se ve en el gráfico. En ese caso el sobrecoste fiscal en el que incurrirán oscila entre los 116 euros anuales de Madrid y los 218 de Canarias. El sobrecoste de Catalunya (cifrado en 342 euros) estará compensado parcialmente por una deducción de la Generalitat. Fuentes del Departament d’Economia que dirige Pere Aragonès aseguran que la deducción para ese colectivo es de 172 euros. Por o tanto en este caso el sobrecoste es de unos 170 euros.

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Incidencia de la covid en la renta

El REAF explica que este efecto es consecuencia de que en el intervalo de las rentas que van de los 14.000 a los 18.000 euros “se aplica la reducción por rendimientos de trabajo, que produce una gran progresividad que se corrige por el reglamento para el cálculo de retenciones”. Las retenciones que practican las empresas a cuenta del IRPF son iguales para todos los trabajadores en España y no tienen en cuenta las particularidades de las escalas autonómicas. Se calculan exclusivamente multiplicando por dos la escala estatal e introduciendo las citadas correcciones.

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Se da la circunstancia de que entre los 18.000 y los 22.000 euros de ingresos anuales que es el límite para no presentar la declaración de la renta los efectos de estar en ERTE no solo no son tan per­niciosos sino que en alguna co­munidad como Madrid son beneficiosos para sus contribuyentes. Por ejemplo, según las estima­ciones del REAF un empleado con ingresos de 21.000 euros y que viva en Madrid tendrá un ahorro de 75 euros por hacer la declaración de la renta respecto a lo que hubiera pagado si no la hubiera cumplimentado al no estar obligado. Ese ahorro lo tendría también si presentara la declaración aunque no estuviera obligado. En cambio, un contribuyente con los mismos ingresos en Aragón abonará a Hacienda 62 euros más sólo por haber estado en ERTE.

El origen de todo el problema está en que la legislación española permite que los contribuyentes que cobran menos de 22.000 euros no presenten la declaración de la renta. En ese caso, la única empresa para la que trabaja el contribuyente ingresa a Hacienda una cantidad que mensualmente se detrae de su nómina. Pero la norma establece que cuando hay más de un pagador como no es una única empresa la que realiza todas las retenciones al trabajador se exige presentar la declaración. Lo que sucede es que en este caso
el segundo pagador es el propio Estado.

En la rueda de prensa de presentación de estos datos, el Consejo General de los Economistas aprovechó también para dar a ­conocer sus propuestas de cara al proceso de reforma fiscal que arrancó esta semana con la cons­titución de un grupo de expertos. Sobre la tributación a la riqueza, la propuesta de los economistas es una “reorganización”del IRPF, impuesto sobre el patrimonio, impuesto sobre sucesiones y donaciones e IBI”. El presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, se refirió a que la presión fiscal en España está entre 7 y 8 puntos de PIB por debajo de la media europea, por lo que algunos creen que cabría incrementarla”. Según Pich “quizá esta menor presión fiscal no sea debida a que en nuestro país se paguen menos impuestos, sino a que, entre otras variables, el número de cotizantes es muy ­inferior al del resto de países de la UE, por lo que sería deseable que la reforma fiscal fuera encaminada a incentivar la actividad económica y la creación de empleo”.

El REAF destacó también que los impuestos troncales en España tienen un diseño similar al de los países de su entorno, que se ha hecho un esfuerzo de reducción de beneficios fiscales y que los tipos impositivos que se aplican son “relativamente elevados”. Pese a ello, entienden que a medio plazo es necesario emprender varias reformas, sobre todo las de la financiación autonómica y local, con la correlativa modificación de los tributos ligados a las mismas, además de seguir limitando los beneficios fiscales vigentes “en la medida de lo posible”.

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