El periodo de diez días para la presentación de alegaciones en torno al análisis de la opa del BBVA por Banc Sabadell por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) concluyó ayer con dieciséis asociaciones y entidades personadas, la mayor parte de ellas vinculadas al mundo empresarial y a Catalunya.
Según fuentes cercanas al proceso, han remitido alegaciones las organizaciones catalanas Pimec, Foment, Cecot, Gremi de Fabricants de Sabadell, Sant Cugat Empresarial, Cambra de Comerç de Barcelona, Cambra de Sabadell y el Consell General de Cambres de Catalunya, que representa a las trece cámaras de comercio de la comunidad autónoma.
Todas estas organizaciones son de carácter empresarial y centran sus inquietudes en el efecto de la operación sobre los préstamos a las pymes, un ámbito que la propia CNMC ha identificado como especialmente sensible para el análisis de la operación en segunda fase.
Como organismo público, también ha remitido alegaciones la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO), que en su momento ya avisó no solo del posible efecto sobre el coste del endeudamiento de las empresas, sino también de las familias, aparte de un eventual encarecimiento de las comisiones y peor remuneración de los depósitos.
UGT, CCOO y empresas gallegas y valencianas
También ha presentado alegaciones los sindicatos UGT y CCOO, además de patronales y organizaciones como Empresarios de Pontevedra, la Confederación Empresarial de Valencia (CEV), la Cámara de Comercio de Valencia, la Cámara de Comercio de Alicante y el Club Financiero de Santiago.
El propio Banc Sabadell y la Asociación de Accionistas Minoritarios de Sabadell también han registrado sus alegaciones frente a la nota sucinta publicada hace unos días por la CNMC. No hay en cambio personaciones de otros bancos ni de aseguradora ni de colectivos rurales ni de asociaciones de consumidores ni de grupos defensa de las personas mayores.
La CNMC debe hacer ahora el cribado
Fuentes de la CNMC explican que ahora la Sala de Competencia tendrá que analizar todas las personaciones y valorar si tienen o no un interés legítimo para formar parte del procedimiento.
“No basta con tener un interés general en la operación, sino un interés legítimo vinculado con el análisis de la concentración desde un punto de vista de defensa de la competencia”, explican.
La CNMC suele ser “muy estricta” a la hora de conceder la condición de interesado en el proceso, a la vista de lo sensible que son los procedimientos de control de concentraciones para las empresas involucradas.