Seis años de cárcel a una enfermera por fisgar en el historial de una examiga

Delito contra la intimidad

“El impulso de husmear en lo ajeno parece irreprimible para muchas personas”, lamenta la sentencia

Una enfermera vacuna a una señora

Una enfermera vacuna a una señora 

Mané Espinosa

La Audiencia de A Coruña ha condenado a una enfermera a dos penas de tres años y tres meses de prisión cada una por fisgonear en el historial médico de una examiga y de su hijo. La sentencia también impone a la acusada una multa de 21 meses con una cuota diaria de 10 euros (es decir, deberá abonar cada día esa cantidad durante el tiempo de la multa), además de una indemnización total de 4.000 euros para sus víctimas.

Los magistrados apelan a sentencias del Tribunal Supremo para justificar la condena. Tales resoluciones sostienen que “la salud forma parte de la estricta intimidad de la persona y, de acuerdo con nuestra cultura, se considera información delicada e inherente al ámbito de la intimidad, datos pertenecientes al reducto del núcleo familiar”. La acusada y la querellante llevaban a sus hijos al mismo colegio y se hicieron amigas.

Un niño, en una sala de espera

Un niño, en una sala de espera 

Xavier Cervera

La relación entre las dos, sin embargo, experimentó un brusco cambio a partir del 2018, a raíz de una discusión. El tribunal considera acreditado que antes de esa fecha la enfermera se sirvió de su trabajo en el SERGAS (o Servizo Galego de Saúde, Servicio Gallego de Salud)  y en el hospital de Barbanza, en Ribeira (A Coruña), para acceder a datos del historial médico de la familia afectada (la mujer, su marido y su hijo).

La condena, contra la que cabe recurso, se impone solo por los accesos que la acusada realizó en el historial médico de su examiga y de su hijo a partir del 2018 y le concede el beneficio de la duda a los anteriores, cuando según la querellada entró en los historiales porque su entonces amiga se lo pidió para que le aclarase términos médicos. Esa supuesta aquiescencia no pudo renovarse a partir del 2018, cuando ambas dejaron de hablarse.

Ianus es un programa informática para los sanitarios de Galicia

Ianus es un programa informática para los sanitarios de Galicia 

Sergas

La curiosidad es una gran debilidad humana, razona el tribunal, que se pregunta por qué la acusada se prevalió de su cargo para averiguar datos íntimos que no le incubían y a los que tenía acceso a través del programa informático Ianus “por su condición de trabajadora del servicio público de salud autonómico”. La sentencia dice que “el impulso de fisgar en lo ajeno porque sí parece irreprimible para muchas personas”.

Ese impulso irrefrenable le va a salir muy caro a la enfermera, condenada por dos delitos contra la intimidad, que no podrá volver a ejercer durante seis años. Además, deberá pagar las costas del juicio, incluida la minuta de la acusación particular. La propia acusada reconoció que accedió a los historiales, aunque porque así se lo pidieron los interesados, extremo que no ha aceptado la Audiencia de A Coruña.

El reproche se agrava porque la acusada “se prevalió de su condición funcionarial”

La defensa de la juzgada intentó argumentar en el juicio que otras personas pudieron acceder a los historiales aprovechando que su patrocinada se hubiera retirado momentáneamente su puesto de trabajo sin apagar antes el ordenador, pero los peritos citados a declarar explicaron que eso es imposible puesto que hay un mecanismo de bloqueo que se activa en que se activa en cuanto el programa deja de utilizarse.

El reproche se ve agravado porque la enfermera “ha de ser considerada funcionaria pública a efectos jurídicos y penales, pues ejerce los cometidos que se derivan de su inserción en el SERGAS”. Cuando, “de forma no consentida ni autorizada”, consultó datos de la querellante (tres veces) y de su hijo (hasta en diez ocasiones), "se prevalió de esa condición funcionarial, sin la cual no podría haber accedido a los historiales”.

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