Los padres de Samuel Luiz, el joven brutalmente asesinado por una “manada” en A Coruña, ya conocen la sentencia por la cruel muerte de su hijo. La sección primera de la Audiencia Provincial de esa capital gallega ha condenado a penas de entre 20 y 24 años de prisión a los tres adultos que asesinaron a Samuel Luiz y a 10 años a su cómplice, al tiempo que ha absuelto a la única mujer encausada. Abogados de tres de los condenados ya han anunciado que van a presentar recurso.
Samuel Luiz fue asesinado la madrugada del 3 de julio de 2021 frente a la playa de Riazor de A Coruña, en un caso que desde este miércoles cuenta con resolución judicial para las siete personas implicadas, con seis condenados -dos menores que estuvieron en otro proceso- y una mujer absuelta.
La sentencia impone 24 años de cárcel al principal acusado, Diego Montaña, que lo agredió al grito de “maricón”; y suma 20 años para Alejandro Freire 'Yumba'; 20 años y 6 meses para Kaio Amaral Silva, también por el robo del móvil de la víctima; y 10 años para Alejandro Míguez, como cómplice.
La magistrada ha absuelto de los cargos a Catherine Silva, tal y como había fallado el jurado por unanimidad.
Diego Montaña
Discriminación sexual
En el caso de Diego Montaña -el condenado que se encaró en primer lugar con Samuel Luiz al grito de “maricón”- se aplica la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual. A este acusado se le imponen 24 años de cárcel pero no se llega al máximo legal, de 25 años, al no apreciar la sentencia -eso no lo contemplo el veredicto del jurado- la agravante de ensañamiento.
El fallo relata, al analizar la conducta de Diego en ese brutal crimen, “la intervención directa del acusado, desde el inicio del ataque grupal hasta el final”, así como el despreciable comportamiento de este para con la víctima y su familia tras los hechos. La sentencia relata que Diego mostró “una absoluta falta de empatía y una crueldad, que merecen un mayor reproche penal”, que el impuesto al resto de los integrantes de esa manada.
“Yumba” y Kaio Amaral
Sin agravantes
En el caso de Alejandro Freire y Kaio Amaral, la sentencia justifica un castigo más leve que el impuesto a Diego Montaña por la ausencia de circunstancias agravantes. Eso obliga a imponer a estos acusados la pena en su mitad inferior, lo que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años de prisión. Alejandro ha sido condenado a 20 años y Kaio a 20,5 años, pues a este último se le suman a la pena de 17 años por asesinato, otros 3,5 años por el robo del teléfono móvil de Samuel.
Alejandro Mínguez
Cómplice de asesinato
A Alejandro Mínguez, el cuarto de los acusados, se le imponen 10 años de prisión como cómplice de asesinato. Aunque no pudo probarse una participación tan directa en la brutal paliza como la del resto de condenados, sí estuvo en la escena y no hizo nada para evitar los golpes recibidos por Samuel. Tampoco le auxilió en ningún momento.
La presidenta del tribunal del jurado que ha redactado la sentencia es especialmente dura al relatar la conducta de esa cruel y despiadada manada. “Además del dolor moral inherente a la pérdida de un hijo y hermano, importantes padecimientos psicológicos a los padres del joven”, los hechos revelan una total “falta de empatía y crueldad posterior de los condenados para con la víctima, a la que dejaron tirada en medio de una rotonda, inconsciente y con el rostro ensangrentado”, y su familia, a la que este último hecho causó “una especial penosidad”.
El fallo relata la falta total de empatía de esa cruel manada con la víctima, apaleada hasta la muerte
En la sentencia, la magistrada presidenta recalca que la víctima, de 24 años, falleció como consecuencia de una agresión grupal, iniciada por Diego quien se encontraba acompañado por su entonces pareja, Catherine Silva, al creer que Samuel Luiz, que se hallaba realizando una videollamada, les estaba grabando con su teléfono móvil.
La sentencia da por probado que Diego interpretó que la víctima era homosexual, llegando a decirle: “Deja de grabar, a ver si te voy a matar, maricón”. Eso desencadeno, continúa el fallo, “la reacción totalmente agresiva contra Samuel, por su animadversión hacia la condición sexual homosexual que le atribuyó”.
Diego se abalanzó de forma sorpresiva y repentina sobre Samuel, golpeándole con puñetazos y patadas, principalmente en las zonas de cabeza y cara”. Alejandro Freire. “se sumó a dicha acción de forma inmediata, atacando a Samuel por la espalda, rodeándole con fuerza el cuello con su brazo”.
En cuestión de segundos se sumaron a esa pelea un numeroso grupo de amigos y conocidos de los acusados, que se hallaban en las inmediaciones. Entre ellos se encontraba Kaio, que se unió al grupo agresor, propinando a Samuel al menos una patada”. Por su parte, Alejandro Mínguez se situó en el punto inicial de la agresión, sin golpear a Samuel.
Diego y Freire, los más activos; Kaio y Mínguez impidieron la huida de Samuel
Diego y Alejandro Freire. fueron los más violentos y activos, a la hora de propinar los golpes, mientras que Kaio y Alejandro Mínguez, impedían la huida de Samuel y dificultaban cualquier tipo de ayuda o defensa que pudieran prestarle terceras personas.
Dolo homicida
Sin capacidad de defensa
La sentencia recoge que la existencia de dolo homicida está fuera de toda duda en este caso. Samuel Luiz recibió más de treinta golpes: ninguno determinante para causarle la muerte pero todos juntos sí suficientes para matarle. La intención de los agresores de causar la muerte de Samuel queda demostrada, reza el mismo fallo, “por la deliberada selección de la cabeza como destino de los golpes, la violencia de los mismos y el ataque en manada”.
La redactora de la sentencia critica con especial dureza “la absoluta indiferencia de los acusados hacia la situación de Samuel cuando cae inconsciente, herido ya de muerte, sin prestarle ayuda ni recabarla de terceros”.
En cuanto a la alevosía, el fallo señala que se fundamenta en que la víctima, agredida de forma sorpresiva por un grupo, careció de posibilidad alguna de defensa, pues el joven, que carecía de heridas defensivas, “fue agredido y acometido de manera incesante hasta que cayó al suelo inconsciente”.
Samuel Luiz, según la sentencia, “se encontraba totalmente indefenso y desvalido debido al elevado número de personas que lo agredían y rodeaban”. A pesar de ello, “en un momento dado y a duras penas”, logró incorporarse e intentó abandonar el lugar, ayudado por dos ciudadanos senegaleses, pero fueron perseguidos unos 150 metros por el grupo agresor. Finalmente, la víctima cayó al suelo desplomada e inconsciente. Fue entonces cuando los ahora condenados se dispersaron y huyeron del lugar. Las heridas sufridas por Samuel era mortales de necesidad.
En concepto de responsabilidad civil, Diego Alejandro Freire y Kaio Amaral deberán indemnizar conjunta y solidariamente, con la responsabilidad civil subsidiaria de Alejandro Mínguez en un porcentaje del 30 %, a los padres y a la hermana de la víctima con un total de 303.284 euros.