Es una de las normas más esperadas en el sector sanitario, tanto por los profesionales sanitarios, incluidos los farmacéuticos y la industria, como por los pacientes. Se trata de una reforma del modelo actual: la ley del Medicamento y Productos Sanitarios, una “normativa de carácter técnico y compuesta por 146 artículos”, según explicó esta misma semana la ministra de Sanidad, Mónica García, en el Congreso de los Diputados. Su principal novedad es que en el artículo 120 se establece un nuevo sistema de copago para los ciudadanos.
La ministra García no ha explicado de forma detallada cuál será este copago, a la espera de que termine de definirse la ley. Pero el borrador que se ha hecho público fija nuevos tramos de renta sobre los que se determina el porcentaje a pagar. Este oscila entre el 10% y el 65%. Además, se marcan topes máximos de aportación para la población activa con “rentas bajas y medias, lo que beneficiará al 60% de los ciudadanos”, según la titular de Sanidad. De esta manera, añade, se evita que el acceso a los medicamentos dependa de la situación económica de los pacientes vulnerables y pluripatológicos.
Los pensionistas con rentas por encima de 100.000 euros pagarán el 65% del precio, con un tope de 61,7 euros
El modelo actual que puso en marcha el Gobierno del PP en el 2012 se divide en tres tramos de renta. Los que cobran menos de 18.000 euros al año pagan el 40%, los que ganan entre 18.000 y 100.000, el 50%; y los de más de 100.000 euros al año aportan el 60%. En estos momento no hay límites mensuales.
La propuesta del equipo de Mónica García es categorizar más tramos de renta. El borrador publicado incluye los siguientes. El tramo hasta 18.000 euros se divide en dos: menos de 9.000 y hasta 18.000. Estos ciudadanos pagarán el 40% del precio de venta al público del fármaco como hasta ahora, pero con la novedad de que tienen un tope mensual de 8,23 y 18,52 euros respectivamente.
El actual tramo de 18.000 a 100.000 se dividirá en tres: de 18.000 a 35.000, en el que se pagará el 50% del precio al público; de 35.000 a 60.000, el 55%; y de 60.000 a 100.000, el 60%. En este caso, sólo la franja que va hasta los 35.000 tiene un tope mensual de 61,75 euros. Y los ciudadanos que cobran más de 100.000 euros al año pasarán a pagar el 65% del precio, es decir, un 5% más que hasta ahora.
“Las estimaciones que manejamos muestran que se reduce en un 10% la aportación global de la población y específicamente en un 33% para aquellos que tienen ingresos inferiores a los 18.000 euros”, según los cálculos de la ministra en el Congreso.
Sanidad calcula que el nuevo modelo reduce un 33% la aportación de los que ganan menos de 18.000 euros
¿Y los pensionistas? Hasta ahora por regla general pagan el 10% del precio del medicamento, con límites mensuales en función de la renta del pensionista: con menos de 18.000 euros, el límite máximo es de 8,23 euros al mes; entre 18.000 y 100.000 euros, el tope está en los 18,52 euros y con más de 100.000, en 61,75.
La propuesta del actual equipo que lidera el Ministerio de Sanidad es que se pague el 10% del medicamento para aquellos con rentas de hasta 60.000 euros, con límites máximos que van desde los 8,23 (hasta 18.000 euros de renta) y los 18,52 (hasta 60.000).
Para los que cobran entre 60.000 y 100.000 euros, la aportación se incrementa al 60%, con un tope mensual de 40,14 euros. Y para los que ingresan más de 100.000 euros, la aportación sube al 65%, manteniendo el límite de 61,75 euros.
También habrá (como hasta ahora) colectivos que no pagarán por los medicamentos
También habrá (como hasta ahora) colectivos que no pagarán por los medicamentos, como los usuarios de renta de integración social, de pensiones no contributivas, parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo, pacientes con tratamientos derivados de accidentes de trabajo, beneficiarios del ingreso mínimo vital, entre otros.
Pero la ley del Medicamento va más allá del copago farmacéutico. Incluye, por ejemplo, a las enfermeras como profesionales sanitarios con capacidad de prescribir. En el borrador del proyecto de la reforma de la ley, adelantado por demócrata.es, el colectivo de enfermería aparecen mencionado al mismo nivel que médicos, odontólogos, fisioterapias y podólogos como “únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción”.
Además, incluye como regla general la prescripción por principio activo, es decir, de los genéricos. No obstante, se permitirá la prescripción por denominación comercial o por la de medicamento genérico, híbrido o biosimilar en casos de continuidad de tratamiento para pacientes con enfermedades crónicas, en situaciones de vulnerabilidad, en problemas de adherencia terapéutica o cuando los medicamentos no sean sustituibles.
El Ministerio de Sanidad prevé llevar esta nueva ley del Medicamento y Productos Sanitarios al Consejo de Ministros el próximo mes de enero.