El juez de Madrid archiva las denuncias de PP y Vox por el ‘Delcygate’
El juzgado de instrucción número 31 de Madrid considera que Delcy Rodríguez no entró en territorio nacional pese a pisar la terminal ejecutiva de Barajas
El juzgado de instrucción número 31 de Madrid ha decidido archivar la investigación contra varios funcionarios por el llamado ‘Delcygate’, en referencia a la polémica política suscitada como consecuencia de la escala que hizo el pasado mes de enero en el aeropuerto de Barajas el avión de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, que tiene prohibido pisar suelo de la Unión Europea (UE).
El juez Antonio Serrano-Arnal ha dictado un auto de sobreseimiento de la causa abierta a raíz de varias denuncias interpuestas por el PP y Vox contra varios funcionarios del aeropuerto de Barajas por permitir que la dirigente venezolana pisara territorio nacional a pesar de las sanciones existentes. La decisión judicial está en consonancia con la Fiscalía, que hace dos semanas se pronunció a favor del archivo por considerar que la dirigente no pisó territorio nacional a pesar de bajarse del aeropuerto y fuera a la terminal ejecutiva del aeropuerto Adolfo Suárez, donde se reunió con el ministro de Transportes y Movilidad, José Luis Ábalos.
Los espacios cerrados que preceden al paso por los controles policiales de frontera tiene la consideración de zona de tránsito aeroportuario, por tanto no son territorio nacional y, por extensión, tampoco espacio Schengen
El juez considera en su fallo que las zonas de tránsito internacional de los aeropuertos españoles no pueden considerarse territorio español en virtud del artículo 25 del reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería. La Fiscalía de Madrid así lo expuso en su informe, y en la misma línea se expresó anteriormente la Fiscalía ante el Tribunal Supremo cuando reclamó que no se admitiera a trámite una querella por los mismos hechos contra el ministro.
En la causa se investigaba si distintos funcionarios permitieron la entrada de Rodríguez en barajas por petición de Ábalos. Se les imputaba un delito de prevaricación por eludir la detención de la dirigente venezolana, que pasó varias horas en la madrugada del 19 de enero, en la mencionada terminal, pero como la Fiscala, el juez entiende que la dirigente venezolana no hizo valer su prerrogativa de uso de sala de autoridades, ni manifestó su intención de entrar en territorio Schengen, sino que permaneciendo en la sala de la terminal ejecutiva hasta que embarcó en otro vuelo. Tanto el juez como la Fiscala señalan que todos los espacios cerrados que preceden al paso por los controles policiales de frontera tiene la consideración de zona de tránsito aeroportuario, por tanto no son territorio nacional y, por extensión, tampoco espacio Schengen.
El Tribunal Supremo también tiene en sus manos la causa por la querella de Vox y el partido Laócrata contra el ministro Ábalos por prevaricación
El fallo del juez puede recurrirse, pero sólo lo pueden hacer la Fiscalía y Vox, ya que ni PP ni el Partido Laócrata, dos formaciones que impulsaron la denuncia, están oficialmente personadas en el proceso.
La decisión del juez de Madrid no es la única que la justicia tiene que adoptar sobre esta causa puesto que el Tribunal Supremo también tiene en sus manos la causa por la querella de Vox y el partido Laócrata contra el ministro Ábalos por prevaricación, por haber autorizado a Rodríguez que “atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Bajaras”, pese a tenerlo prohibido. Pero en este caso, la Fiscalía siempre se ha mostrado en contra, incluso de la admisión a trámite de la causa.