El juez rechaza aplicar la ‘doctrina Botín’ y mantiene al PP como acusado por la destrucción de los ordenadores de Bárcenas
Arranca el juicio
El magistrado se niega a facilitar a la prensa la señal institucional de televisión del juicio
El titular del Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid, Eduardo Muñoz Baena, ha rechazado este viernes aplicar la conocida como doctrina Botín y expulsar la acusación contra el PP en el juicio por la destrucción de los ordenadores del extesorero popular Luis Bárcenas, tal y como lo han solicitado su defensa y la Fiscalía.
El abogado del PP, Jesús Santos, ha insistido en la primera sesión del juicio, en la que se han expuesto las cuestiones previas, en pedir la aplicación de dicha doctrina para evitar que el partido político sea juzgado por un delito de daños informáticos por la supuesta destrucción de dos discos duros.
Considera que la acción penal contra la formación política no puede ser ejercida por tres acusaciones populares, que además arrastra como “daños colaterales” a otras tres personas, cuando el único objetivo que tiene es “llevar como sea al juicio al PP”. Por ello ha pedido que el PP “salga de forma inmediata de este procedimiento”.
Previamente, la Fiscalía, que no ejercita ningún tipo de acusación, ha manifestado que las acusaciones populares carecen de “legitimación” para atribuir al PP un delito de daños informáticos ya que no existe un “perjudicado concreto”, debido a que el propio Luis Bárcenas se retiró del procedimiento.
Tras escuchar a todas las partes, el magistrado ha aclarado que ante la “posibilidad de que la Audiencia Provincial tuviera una opinión distinta” sobre la aplicación de la ‘doctrina Botín’, prefiere mantener en el banquillo de los acusados para que se celebre toda la práctica de la prueba con su representante legal presente. Asimismo, ha añadido que esta decisión no perjudica a que la cuestión vuelva a ser examinada a la hora de dictar sentencia.
No será televisado
Por otro lado, el juez ha ratificado su rechazo a facilitar a la prensa la señal institucional de televisión del juicio por el borrado de los ordenadores del extesorero del PP y ha estimado que su caso no es comparable con el juicio del procés. El juez ya había rechazado facilitar imágenes del juicio, pero la acusación popular ejercida por IU, la Asociación Justicia y Sociedad y la Federación Los Verdes había pedido que fueran retransmitidas al menos la primera sesión y la última, la de conclusiones, para dar publicidad a un juicio de interés público que ha superado numerosos incidentes, incluida la desaparición del sumario.
La Fiscalía y las defensas de los acusados se han opuesto y el juez, aunque ha asegurado que “personalmente” es favorable a la retransmisión de juicios penales, les ha dado la razón al subrayar que las tres personas físicas acusadas no son personajes conocidos y la retransmisión del juicio puede suponer “una merma irremediable” en su imagen. Si el único acusado fuera el PP, ha añadido, es muy posible que la decisión hubiese sido diferente.
El juez ha rechazado comparar su vista con la de juicio del “procés” y ha considerado que la Sala Segunda del Supremo “acertó plenamente” al decidir que se retransmitiera en directo facilitando a los ciudadanos un conocimiento directo de los hechos.