Los nuevos radares móviles de remolque comienzan a multar en Catalunya: ¿cómo son y dónde están ubicados?

Reducir la siniestralidad

La ventaja que ofrecen es su autonomía, ya que equipan una batería que les permite estar funcionando hasta una semana sin necesidad de recargarse

Uno de los nuevos radares móviles de remolque, ubicado en la C-31

Uno de los nuevos radares móviles de remolque, ubicado en la C-31

SCT

El Servei Català del Trànsit (SCT) ha anunciado la puesta en marcha de nuevos radares móviles de tipo remolque, también denominados carros radar, para reducir la siniestralidad vial. Estos aparatos tienen varias ventajas en cuanto a autonomía, movilidad, detección de vehículos y gestión de las sanciones.

Los radares de remolque pueden llevarse a cualquier punto de la red de carreteras, donde se pueden dejar varios días funcionando sin necesidad de estar conectados a ninguna red eléctrica. Equipados con tecnología láser pueden realizar un seguimiento dinámico del vehículo durante unos metros y determinar la velocidad. Además, están preparados para detectar excesos de velocidad en varios carriles. Al utilizar conexión a Internet, gestionan de forma inmediata el expediente correspondiente a la infracción sin necesidad de contar con la presencia de un agente de tráfico.

La tecnología que emplean estos radares para medir la velocidad se esconde debajo de una carcasa metálica

La tecnología que emplean estos radares para medir la velocidad se esconde debajo de una carcasa metálica

Vitronic

Con estos cinemómetros, Trànsit podrá controlar el exceso de velocidad en cualquier vía y cubrir más territorio para frenar la dispersión actual de la accidentalidad. Para determinar en qué puntos se situarán los carros radar, el organismo que dirige Ramon Lamiel ha elaborado un informe de siniestralidad que servirá para elegir las ubicaciones. Estos cinemómetros móviles, que se colocarán junto a la carretera, serán visibles para los conductores. Otro de los puntos fuertes de estos aparatos es su resistencia, ya que se han construido con una carcasa a prueba de vandalismos.

Primeras localizaciones

El SCT ha anunciado la ubicación de los primeros radares de remolque: será en C-31 y a la AP-7. El de la C-31, que se ha activado hoy mismo y ya sanciona, está localizado en el kilómetro 196 (Bellvitge), en sentido Castelldefels, un punto que registra habitualmente una elevada accidentalidad. El otro, que se pondrá en marcha mañana, estará en kilómetro 141 de la AP-7 (Santa Perpètua de Mogoda), en sentido Tarragona, donde también se concentra un alto número de siniestros. Trànsit asegura que las baterías que equipan estos aparatos les permiten poder permanecer activos hasta una semana sin necesidad de recargarlos.

La ventaja de los radares en remolque, también llamados carro-radares, es que se pueden llevar a cualquier punto de la red de carreteras

La ventaja de los radares en remolque, también llamados carro-radares, es que se pueden llevar a cualquier punto de la red de carreteras

SCT

Estos cinemómetros son una de las herramientas que utiliza el SCT para reducir los accidentes en las carreteras catalanas y lograr el objetivo de rebajar a la mitad las víctimas mortales en este decenio 2020-2030. Según Trànsit, los tramos donde ha instalado un cinemómetro, la siniestralidad ha bajado entre el 65% y el 80%. No hay que olvidar que el exceso de velocidad es uno de los factores concurrentes más habituales en los accidentes mortales. 

¿Cuál es la multa por exceso de velocidad?

Las sanciones por exceso de velocidad conllevan una multa de 100 a 600 euros y la detracción de hasta 6 puntos del carnet de conducir. Todo depende de en cuánto se sobrepase el límite permitido. Y en los casos más extremos también puede considerarse un delito contra la seguridad vial y, por lo tanto, está castigado con cárcel.

El artículo 379.1 del Código Penal establece que si el conductor supera la velocidad permitida en 60 km/h en vía urbana y 80 km/h en interurbana será “castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un a noventa días, y, en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

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