La Genenalitat de Catalunya empieza a recaudar un nuevo impuesto que grava a los vehículos de tracción mecánica más contaminantes. La cantidad a abonar dependerá de las emisiones de dióxido de carbono (CO2) que expulsa cada ejemplar y se calcularán por tramos que van de los 0,55 a los 276 euros para los turismos y las motos, y de los 0,3 a los 87 euros para las furgonetas.
No todos los vehículos deben pagar el impuesto; algunos están exentos. La agencia tributaria catalana ha publicado el padrón definitivo de vehículos que sí están afectados por el gravamen en su primer año de aplicación, correspondiente al ejercicio 2020. Se trata de un total de 2.267.168 de ejemplares perteneciente a 1.650.342 contribuyentes.
Está prevista la recaudación de casi 66 millones de euros, que se destinarán íntegramente y a partes iguales al Fondo climático y al Fondo del patrimonio natural, con el objetivo de invertir en acciones de mejora del entorno y del transporte público, fomentar las energías renovables y los vehículos limpios, e impulsar la movilidad sostenible, la gestión de los parques naturales y la investigación.
Si el titular de un vehículo quiere saber si está afectado por el nuevo tributo tan solo debe consultar el padrón definitivo online. Puede acceder o bien con el idCAT Móvil (u otros sistemas de identificación digital) o con el NIF y la matrícula. En el caso de que deba pagar, podrá hacerlo en línea desde la propia pantalla de consulta.
Según informa la agencia tributaria catalana, las personas que domiciliaron el pago antes del 15 de julio y se suscribieron a la notificación electrónica, disfrutan de un 2% de bonificación de la cuota y recibirán un cargo en cuenta el día 5 de noviembre. A partir de ahora se puede seguir domiciliando el pago del impuesto para el ejercicio 2021 y posteriores.
Fecavem ha advertido que este gravamen provocará que muchas personas busquen matricular sus vehículos fuera de Catalunya
Están obligadas a pagar el impuesto sobre las emisiones de CO2 las personas (físicas y jurídicas) que sean titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta) con domicilio fiscal en Cataluña en 2020. Y, también, las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña, pero que tengan un establecimiento, sucursal u oficina y vehículos registrados en Cataluña durante el 2020.
Están exentos de tributar los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares y los vehículos autorizados a transportar más de 9 personas (incluyendo al conductor). Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos disfrutan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por lo tanto, tampoco tributan.
Cabe señalar que, en este ejercicio, correspondiente a la liquidación de 2020, quedan exentos de pagarlo aquellos turismos de hasta 9 plazas y motocicletas que marcan menos de 120 g/km de CO2; en el caso de las furgonetas, el límite se sitúa en los 160 g/km. A partir del siguiente año, la cifra de corte se endurece, de modo que baja a los 95 g/km para los automóviles y motos y a 120 g/km para las furgonetas.
La Federación Catalana de la Automoción (Fecavem) ha advertido que este gravamen propio de la Generalitat y que no se aplica en ninguna otra comunidad autónoma provocará que muchas personas busquen matricular sus vehículos fuera de Catalunya. Además, la patronal ha criticado que la cifra final del impuesto no se entiende porque varía en función de las características de cada automóvil y "se obtiene a través de un logaritmo complicado que no se ha explicado". Ha advertido de que el importe puede ir desde los tres euros a los 300 pero que la cifra final podrá llegar "a duplicarse" en el siguiente impuesto de 2022 que hará referencia al ejercicio de 2021.