Qué desplazamientos pueden realizar los 7 millones de españoles confinados
Medidas anti-covid
Los cierres perimetrales conllevan restricciones de movilidad para sus habitantes, que si desobedecen se enfrentan a multas
El imparable avance de casos positivos por coronavirus en España, que ha sido el primer país europeo en rebasar el millón de contagios, está obligando a las comunidades autónomas con una mayor incidencia epidemiológica a tomar nuevas medidas para poner freno a la segunda ola de la pandemia. Así, unos siete millones de españoles han quedado confinados esta semana, después de que La Rioja y Navarra anunciaran el cierre perimetral de su territorio, Aragón hiciera lo propio con sus capitales de provincia (Zaragoza, Huesca y Teruel) y Castilla y León también confinara Ponferrada.
Hasta la fecha, los confinamientos perimetrales se decretaban por municipios o por áreas de salud. Sin embargo, ahora ya se están aplicando en regiones autonómicas enteras. Si bien cada territorio establece las medidas concretas a aplicar -de ahí que los límites de reuniones en grupo sean dispares, que los aforos permitidos sean distintos o que en algunos lugares, como Catalunya y Navarra, los bares y restaurantes solo puedan vender comida para llevar-, en el ámbito de la movilidad hay puntos en común de carácter general.
Los confinamientos perimetrales restringen la libertad de movimientos de las personas, de modo que sus habitantes no pueden entrar ni salir de esa zona, salvo para realizar alguna actividad permitida, como puede ser ir a trabajar, atender a una persona dependiente (niño, anciano o discapacitado), regresar a casa, acudir a un centro docente, visitar el médico, realizar trámites inaplazables o por motivos de fuerza mayor. Así pues, está prohibido sobrepasar los límites para ir a una segunda residencia o por cualquier otro motivo no autorizado.
Quienes realicen salidas más allá de la zona perimetral deben llevar un documento que justifique el desplazamiento ante el posible requerimiento por parte de los agentes. Así se evitan multas, que pueden llegar a ser muy cuantiosas, sobre todo si existe reincidencia. Por ejemplo, según la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad de Madrid, que establece nuevas medidas para contener la expansión de la Covid-19, las propuestas de sanción por el incumplimiento de sus disposiciones parten de 600 euros y pueden alcanzar los 600.000 euros.
Las personas no residentes en la zona afectada pueden circular por su red viaria si es imprescindible para llegar a un destino fuera del perímetro con restricciones, es decir, se les permite cruzar el territorio confinado siempre y cuando el punto de origen y el de llegada se encuentren fuera de éste.
Los ciudadanos confinados perimetralmente pueden moverse dentro de su zona pero tienen restringida la salida a casos muy concretos
Dentro de las áreas confinadas hay libre circulación, aunque se recomienda limitar al máximo las salidas fuera del domicilio y los contactos sociales. Así lo han requerido las autoridades. Ayer mismo, el alcalde de Logroño, Pablo Hermoso de Mendoza, pidió a los ciudadanos de la capital riojana que "autolimiten" tanto la movilidad en la ciudad y a otros municipios de la comunidad -actualmente confinada- como el contacto social y familiar. Si no es imprescindible, conviene evitarlo. “Es la única forma de rebajar la curva y los contagios" de la Covid-19, ha asegurado.
En Catalunya también apelan a la responsabilidad individual por el bien colectivo. La semana pasada, esta región aprobó una serie de medidas para detener y revertir su situación epidemiológica. La más dura -y polémica- fue el cierre de los establecimientos de restauración, que solo pueden servir comidas para llevar. Asimismo, suspendieron las clases presenciales en la universidad, se redujeron aforos y se cancelaron las competiciones deportivas no profesionales. Sin embargo, no se establecieron restricciones de movilidad. El gobierno catalán se limitó a realizar recomendaciones a la ciudadanía.
El apartado 2 de la resolución de la Generalitat SLT/2546/2020 aconseja evitar ”los desplazamientos no esenciales y que se permanezca en el domicilio tanto como sea posible puesto que la movilidad generalizada, incluso cumpliendo las medidas de seguridad recomendadas, ayuda a diseminar la infección”. Como se trata de una recomendación general, los agentes no multan a quienes llevan a cabo salidas prescindibles, como ir a la montaña de excursión o a buscar setas. De hecho, las aglomeraciones registradas los últimos fines de semana en los parques naturales del Montseny y de Sant Llorenç del Munt i l'Obac han llevado a las autoridades a limitar los accesos en coche cuando las zonas de aparcamiento estén llenas.
Por su parte, la Comunidad de Madrid ha anunciado hoy las nuevas medidas que entrarán en vigor cuando finalice el estado de alarma que decretó el Gobierno central para la región. A partir del lunes 26 de octubre, un total de 32 zonas básicas de salud -repartidas en 9 distritos de la capital y 12 municipios de la comunidad- tendrán limitaciones de movilidad fuera de su perímetro.
Como novedad, y si ningún juez indica lo contrario, el ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso ha establecido restricciones de movimiento entre la medianoche y las 06.00 horas de forma que se limitan las reuniones privadas en toda la región a los “convivientes” prohibiendo cualquier otro supuesto. Así, el gobierno autonómico propone una especie de toque de queda, que denomina “cierre nocturno”.
Cabe señalar que esta misma semana la Comunidad de Madrid pidió al el Gobierno central que estudiara la posibilidad de decretar un toque de queda, tal como se ha activado en países como Francia, Bélgica e Italia. De momento, la medida está debatiéndose con los gobiernos autonómicos, que tienen criterios dispares en su aplicación. Además, según el ministro de Sanidad, Salvador Illa, podría ser necesario volver a recurrir a la declaración del estado de alarma en España para utilizar este instrumento que persigue restringir los desplazamientos de la población en una determinada franja horaria (en este caso, nocturna).