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Todo lo que debes saber sobre la actual campaña de control de alcohol y drogas de la DGT

Conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas puede conllevar hasta penas de prisión

DGT

Han pasado más de tres décadas desde que el cantante Stevie Wonder protagonizó la famosa campaña de seguridad vial “Si bebes, no conduzcas”. Tras ésta, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha lanzado otras más para concienciar sobre el peligro de ponerse al volante bajo los efectos del alcohol y las drogas. Sin embargo, el problema persiste. Y por ello periódicamente pone en marcha controles específicos en carretera con el fin de evitar que quienes que hayan ingerido alguna de estas sustancias circulen por la carretera. El último ha comenzado hoy y se prolongará hasta el domingo 9 de junio.

Durante este tiempo los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) incrementarán los controles preventivos, pudiendo llegar a las 25.000 pruebas diarias -es decir, 175.000 en una semana- que realizarán en cualquier carretera y a cualquier hora del día. Las autoridades locales y autonómicas también se pueden sumar a esta campaña de vigilancia y concienciación que es de ámbito europeo. Así pues, estos días, con mayor probabilidad, cualquier conductor puede ser requerido para someterse a un test de alcohol y drogas.

Según datos del Observatorio Europeo para la Seguridad Vial (ERSO), alrededor del 25% de todas las muertes en carretera en Europa están relacionadas con el alcohol. Ponerse a los mandos de un vehículo bajo los efectos de estas sustancias no solo está relacionado con un incremento de la accidentalidad, sino que se ha comprobado que está estrechamente vinculado con el aumento de la mortalidad y las lesiones más severas.

Agentes de la Guardia Civil de Tráfico realizan un control de alcoholemia y drogas dentro de la campaña de concienciación "No corras,no bebas....No cambies de ruedas"

Pep Morell / EFE

Para concienciar sobre esta cuestión, por duodécimo año consecutivo, la Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos (ASPAYM) participará activamente en la campaña de vigilancia. Lo hará en 20 provincias españolas. Bajo el lema “No corras, no bebas… no cambies las ruedas”, personas voluntarias con lesión medular víctimas de un accidente de tráfico acompañarán a los agentes encargados de realizar los controles. Su cometido es concienciar y dar su testimonio personal de las consecuencias y secuelas irreversibles de los accidentes de tráfico.

Dar positivo en alcohol o drogas, dependiendo del nivel de exceso, puede conllevar una sanción económica, la retirada de puntos del carnet y, en los casos más extremos, penas de cárcel. En 2017, según los datos de la Fiscalía de Seguridad Vial, el 62% de las condenas por delitos viales se debieron a conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas.

La Ley de Seguridad Vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Para los conductores en general, a partir de 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado es dar positivo; esta cifra se reduce a 0,15 mg/l para los noveles y profesionales. Hasta 0,50 mg/l (0,30 mg/l), la multa alcanza los 500 euros y 4 puntos. Superar los 0,50 mg/l supone 1000 euros y seis puntos (lo mismo para positivos en drogas).

Manuel Marcos, voluntario de ASPAYM, informa a un conductor sobre de la campaña "No corras,no bebas....No cambies de ruedas"

Pep Morell / EFE

Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol (más de 0,60 mg/l) o bajo la influencia de drogas: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. Negarse a hacer la prueba de control supone prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Además, la reciente reforma del Código Penal establece que si, de forma imprudente, se cometen homicidio o lesiones graves y se ha cometido un delito contra la seguridad vial –como son los casos de conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas o a una velocidad excesiva-, o una infracción a la normativa administrativa de tráfico, ésta conducta pasará automáticamente a ser considerada imprudencia grave o menos grave, según los casos, con penas de cárcel de hasta 4 años.

Tabla sobre los límites y sanciones por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida

DGT

Penas por conducir bajo los efectos del alcohol

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Sanción por conducir bajo los efectos de las drogas

DGT

Penas por conducir bajo los efectos de las drogas

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