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El juzgado de instrucción 15 investigará la denuncia de Manos Limpias por la dana

En València

El TSJ de la Comunidad de la Comunidad Valenciana decide que sea este juzgado el que instruya la querella contra Emergencias, Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar, CHJ

Un camión militar en un desguace de vehículos afectados por la DANA en un polígono de Catarroja

Rober Solsona - Europa Press / Europa Press

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha atribuido al Juzgado de Instrucción número 15 de la capital la competencia para resolver sobre una denuncia interpuesta por el pseudosindicato Manos Limpias por la gestión de la Dana. Este es el mismo juzgado que instruye la causa contra la exvicepresidenta valenciana, Mónica Oltra. 

El Tribunal ha tomado esta decisión en un auto notificado este martes a las partes, en el marco de la cuestión de competencia negativa planteada por el citado juzgado en relación con otras diligencias previas seguidas por el Juzgado de Instrucción 20 de Valencia por el fallecimiento de una víctima mortal en la catástrofe.

La denuncia de Manos Limpias alude a la comisión de posibles delitos de homicidio, lesiones y daños por imprudencia grave

La denuncia de Manos Limpias alude a la comisión de posibles delitos de homicidio, lesiones y daños por imprudencia grave y está dirigida contra el entonces director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar y la responsable de la Aemet.

Esa denuncia recayó por reparto en el Juzgado de Instrucción 15, cuyo titular incoó diligencias previas y se inhibió de ellas en favor de su homólogo del Juzgado de Instrucción 20 porque éste fue el primero que tuvo conocimiento de un fallecimiento por la Dana en el partido judicial de Valencia.

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Sin embargo, el Juzgado de Instrucción 20 rechazó esa inhibición por considerarla prematura e Instrucción 15 planteó entonces una cuestión de competencia.

La Sección Segunda de la Audiencia valenciana ha determinado ahora que el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no permite en este momento acumular esa denuncia a las diligencias previas por el Juzgado de Instrucción 20.

El auto recoge que los delitos no conexos pero que hayan sido cometidos por la misma persona y tengan analogía o relación entre sí pueden ser enjuiciados en la misma causa a instancias del Ministerio Fiscal.

En este caso, sin embargo -precisa el Tribunal-, la Fiscalía no ha instado la acumulación de la denuncia de Manos Limpias al procedimiento seguido en el Juzgado de Instrucción 20 al considerar que es prematura.