Un abuelo que abusó de su nieta de 9 años en Alicante acepta una pena de dos años

Sentencia

El acusado, de 65 años, llegó a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía en el inicio de la vista, fijada el pasado día 8 en la Audiencia Provincial, y no ingresará en prisión

Audiencia Provincial de Alicante

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Un hombre de 65 años ha asumido una pena de dos años de prisión por agredir sexualmente a su nieta cuando ella tenía entre 9 y 10 años de edad en L'Alfàs del Pi (Alicante).

El acusado llegó a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía en el inicio de la vista, fijada el pasado día 8 en la Audiencia de Alicante, por el que reconoció los hechos y se confesaba autor de un delito de agresión sexual sobre menor de 16 años.

Los abusos se produjeron entre enero de 2022 y enero de 2023, cuando el procesado se quedaba con su nieta en l'Alfàs del Pi

Los tocamientos objeto del proceso se produjeron entre enero de 2022 y el mismo mes de 2023, en los momentos en los que el procesado se quedaba a cargo de los cuidados de su nieta en el domicilio en el que residía, en la citada localidad alicantina.

Tras la admisión de la responsabilidad penal por parte del encausado, la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Segunda, considera probado que éste tocó en repetidas ocasiones las partes íntimas de la niña por encima de la ropa, guiado con el fin de satisfacer sus deseos libidinosos, insistiendo en ello a pesar de que la pequeña le decía que parase.

La Audiencia de Alicante también cree demostrado que el acusado le bajó los pantalones a la menor y que le tocó sus partes íntimas por encima de la ropa interior. Y, por último, estima igualmente que, en al menos una ocasión, cuando ambos se encontraban postrados sobre la cama, la agarró con fuerza por los brazos cuando ella se quería ir.

La menor sufre secuelas psicológicas como consecuencia del comportamiento de su abuelo, como ansiedad, miedo e inquietud

El tribunal añade que la menor sufre secuelas psicológicas como consecuencia del comportamiento de su abuelo, como ansiedad, miedo e inquietud.

Así, al margen de la pena de privación de libertad, sobre la que se acuerda su suspensión, la resolución judicial establece que el encausado deberá indemnizar a la menor en la cantidad de 12.000 euros, de los que ya habría entregado 4.000 euros antes de la celebración de la vista. El fallo precisa que los 8.000 euros restantes se pagarán de forma periódica, con el abono de 300 euros mensuales, hasta que queden saldados en su totalidad.

Igualmente, el tribunal impone al acusado la medida de alejamiento respecto de la menor a una distancia mínima de 200 metros durante diez años, además de otros 10 años de prohibición de comunicarse con ella.

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