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La Junta señala al TSJA que El Algarrobico es suelo no urbanizable y espacio protegido desde 1994

Tribunales

Piden que el Ayuntamiento de Carboneras recoja esta calificación en todos sus documentos

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Imagen aérea del polémico Hotel de Carboneras en la Playa del Algarrobico.

Otras Fuentes

La Junta de Andalucía ha trasladado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), es "suelo no urbanizable de especial protección desde 1994" y pide al Alto Tribunal que ordene al Ayuntamiento carbonero reflejarlo así “en sus documentos” y “decisiones”.

El Gobierno andaluz plantea en un incidente de ejecución de sentencia que el consistorio aprobó en pleno el pasado 26 de abril modificar el PGOU del municipio para cumplir el fallo que lo obligaba a declarar no urbanizables estos terrenos.

Sin embargo, apunta que apenas un mes más tarde la Junta de Andalucía remitió al Ayuntamiento un requerimiento de anulación parcial de dicho acuerdo, pero ante la "incertidumbre creada", solicita al TSJA que se declare nulo este acuerdo.

En este sentido, pide el cese de "todas las actuaciones" que cuestionan la clasificación como "no suelo no urbanizable especialmente protegido" desde 1994, fecha en la que se publicó el plan de ordenación de los recursos naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar.

Una "extralimitación" por parte del consistorio de Carboneras 

Asegura el Gobierno andaluz que el "cumplimiento defectuoso de la sentencia afecta a los intereses autonómicos", ya que incide en unos terrenos "especialmente protegidos".

La Junta incide en que no discute la consideración de protegidos de estos terrenos en el acuerdo municipal, que ya ha sido ratificada por distintas sentencias, sino en la "extralimitación" del Consistorio al cumplir el fallo que obliga a su desclasificación como urbanizables.

"El acuerdo municipal adoptado no ejecuta con fidelidad debida la resolución judicial (...) La nulidad se ha alcanzado en vía judicial, no en vía administrativa. La actividad municipal en la ejecución de la sentencia no puede ir más allá de recoger formalmente en el planeamiento vigente la clasificación de los terrenos como suelo no urbanizable de especial protección", asegura el Gobierno andaluz.

La Junta afirma que no se puede cumplir el fallo con un procedimiento que "modifique" la clasificación "vigente", ni que ello sea a causa de "efectos sobrevenidos" pues, argumenta, ya estaban protegidos en 1994, "mucho antes de que se adoptará el acuerdo de 2009 anulado".

Los ecologistas celebran el pronunciamiento de la Junta

Una licencia "nula de pleno derecho"

Fotografía facilitada por Greenpeace de la fachada del hotel construido por Azata,en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería)

EFE

El abogado de Ecologistas en Acción, José Ignacio Domínguez, ha valorado en declaraciones remitidas a los medios la "muy acertada" intervención de la Junta de Andalucía en este asunto, al aclarar que "los terrenos son protegidos desde 1994, no como dice el Ayuntamiento de Carboneras, que los terrenos eran urbanizables hasta que han surgido unas incidencias nuevas que han obligado a clasificar los terrenos como protegidos".

"No los terrenos son protegidos desde 1994, cuando se publicó el PORN y esta matización es muy importante, porque si los terrenos están protegidos desde el año 94, la licencia de obras concedida en el 2003 es nula de pleno derecho y el Ayuntamiento tiene la obligación de anularla, como ya le ha ordenado el Tribunal Superior de Justicia con sede en Granada, aunque el Ayuntamiento sigue sin cumplir la sentencia", ha añadido.