Colapso de cadáveres no reclamados en el Instituto de Medicina Legal de Almería. Las instalaciones de la Ciudad de la Justicia, dotada con 24 cámaras frigoríficas, amontonan cuerpos de personas fallecidas que no han sido requeridos por ningún familiar. Se trata, en su mayoría, de migrantes que han perecido en el mar en un intento de llegar a las cosas españolas y que no han sido identificados o bien de extranjeros residentes en la provincia que no han sido requeridos por sus allegados.
Actualmente, según ha avanzado Rebeca Gómez, delegada territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía en Almería, las cámaras (9 de refrigeración para la conservación temporal de muestras y 15 con un sistema de congelación que hace posible una conservación más larga, a 40 grados bajo cero) se hallan al “60%” de su ocupación, toda vez que ha explicado que las administraciones correspondientes han firmado un protocolo “pionero” para agilizar las inhumaciones y evitar estos “problemas de capacidad”.
Darles una “sepultura digna” a los ‘olvidados’
Si bien los institutos de medicina legal tienen la obligación de conservar los cadáveres no reclamados a los que se les haya realizado alguna prueba pericial hasta que un juez autorice la sepultura, son los ayuntamientos de las localidades donde se produzca el hallazgo del cuerpo o el fallecimiento de la persona quien, a cargo de la beneficencia, debe darle entierro. Por tanto, este es el último eslabón del que depende la agilidad del proceso.
Hasta ahora, esta última gestión se ha ralentizado en la mayoría de las provincias, lo que tiene como resultado el colapso en una gran parte de las ciudades de justicia de la región. “En Almería no estamos excesivamente mal”, ha declarado Gómez, quien se ha mostrado confiada en la resolución de este protocolo a través del cual la Junta da un plazo máximo de 50 días para que los cuerpos reciban sepultura. El acuerdo ha sido suscrito la Consejería de Justicia, Administración y Función Pública, el Ministerio de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Fiscalía Superior de Andalucía tras la petición de los médicos forenses para darle solución a esta problemática que, tal y como ha reconocido el Gobierno regional, afecta a otros juzgados provinciales.
La delegada territorial de Justicia considera que se ha establecido un procedimiento “ágil” para inhumar los cadáveres, ya que permite “dar sepultura digna a personas que están sin identificar o que no han sido reclamadas” de forma que “puedan ser después identificadas” de cara a posibles reclamantes, al tiempo que permite “descongestionar” las instalaciones de los forenses.
Los cuerpos serán enterrados, nunca incinerados
El objetivo es acortar tiempos y optimizar los recueros materiales y humanos con los que cuente cada Instituto de Medicina Legal. Así, se determina que, una vez se realice la autopsia, se extraigan las muestras necesarias para una futura identificación y se elaboren los informes forenses correspondientes, los jueces autoricen su enterramiento, nunca la incineración, que corre a cargo de los ayuntamientos. Los cadáveres que no hayan sido identificados o cuya identificación se presuma difícil quedarán a disposición de la autoridad judicial, que será quien ordene, mediante auto, el traslado a otros lugares de conservación o depósito, o su inhumación.
Es a partir de ese momento cuando el cadáver “deja de ser judicial” para pasar a ser responsabilidad del consistorio local que corresponda, una institución que “deberá actuar, conforme a la legislación, en cuanto a los gastos de conservación, traslado y enterramiento por beneficencia, así como el consulado correspondiente en caso de repatriación". En ningún caso se podrá incinerar un cadáver no identificado y la inhumación debe hacerse en nicho identificado de forma que sea posible la exhumación en caso de que sea identificado. El lugar exacto de la inhumación debe ser comunicado al juzgado de instrucción competente.
Para garantizar la buena coordinación entre todas las partes implicadas, el convenio firmado prevé una Comisión de Seguimiento que se reunirá al menos semestralmente. El protocolo tiene una vigencia de cuatro años prorrogables durante otros cuatro, previos acuerdos expresos de las partes.