Kiko, Fran y Cayetano contra Isabel Pantoja: solo los hijos de Carmen Ordóñez tienen opciones
Cantora, la herencia envenenada III
Consultamos con expertos en Derecho Civil y Penal sus posibilidades de éxito en los tribunales y las prescripciones juegan contra el menor de los tres
Kiko Rivera se ha convertido en el personaje del mes, quizá del año, por su entrevista en Lecturas y la ya inolvidable intervención en el primer especial Cantora, la herencia envenenada , donde arremetió contra su madre por primera vez en la vida. De momento y por lo que sabemos, la mayor parte de lo que argumenta es cierto. Isabel dispuso de su parte de la herencia saltándose la prohibición de poder administrar hasta que él cumpliese 21 años y así, vendió, arrendó e hipotecó en nombre de un menor. Esta noche, Kiko dejará “las cosas claras” en la tercera entrega de Cantora, la herencia envenenada .
Hay más afectados: Francisco Rivera ‘Paquirri’le dejó todo su patrimonio a sus tres hijos, Francisco, Cayetano y Kiko, más una parte a su familia (padre y hermanos). A su viuda, Isabel Pantoja, le legó el usufructo vitalicio de la finca más importante del conjunto, Cantora, más la disposición de La Garza con objeto de sufragar gastos derivados de la herencia. Abierto el testamento, ella no quedó conforme y tras tres años de negociaciones entre las partes, Isabel consiguió salirse con la suya: de aquel despacho salió firmado un documento conforme que era copropietaria de Cantora junto con Kiko Rivera. Luego vino el engaño.
La iracunda reacción de Kiko puede traerle problemas: airear sus desavenencias en una revista y en televisión adornados de juicios de valor a la conducta de la tonadillera (mala madre, no tiene corazón, etc) podría causarle un grave problema, mayor del que quizá se haya planteado. ¿Podría la actitud de Kiko constituir una causa justificada para que Isabel lo desheredase? Para contestar a esa pregunta y a otras igual de importantes, hemos recabado la opinión de dos reputados abogados de probada solvencia y dilatada trayectoria, Bonaventura Castellanos, letrado de Barcelona especializado en Derecho Civil y Mercantil, y Luis Romero, abogado, doctor en Derecho Penal y director de la Clínica Legal Penal de la Universidad de Sevilla.
Existen causas de desheredación
Si Kiko eleva el nivel de hostilidad, podría arriesgarse a no recuperar lo que un día fue suyo. E Isabel estaría en su derecho de favorecer a Isa en su testamento
Comienza Bonaventura Castellanos: “La desheredación supone privar a un heredero forzoso –en este caso, su hijo– de la legítima. ¿Podría la testadora desheredarlo? La posibilidad no puede descartarse atendiendo a lo que previene el Artículo 853.2 del Código Civil cuando dice que será causa justa el “haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al testador”.
El Dr. Romero añade lo siguiente: “Existe otro caso, regulado en el 756 y es el de la indignidad, con delitos probados graves: haber atentado contra la vida del testador, su cónyuge, ascendientes o descendientes; acusarle de ciertos delitos; amenazarle para hacer testamento o bien cambiarlo. En cualquiera de esos casos, es necesario que la causa de desheredación conste en el testamento. Conviene señalar que aunque el desheredado pierda su porción de la legítima, sus descendientes ocupan inmediatamente su puesto”.
Es decir, si Kiko eleva el nivel de hostilidad, podría arriesgarse a no recuperar lo que un día fue suyo. E Isabel estaría en su derecho de favorecer a Isa en su testamento: “Si no le desheredara formalmente, podría dejarlo con la legítima estricta, que equivale a 1/6 parte de la herencia ya que concurre con otra hermana. El ordenamiento prevé la libertad de disposición para el tercio de mejora y, en consecuencia, la testadora podría favorecer considerablemente a la hija”, señala Castellanos. “Isabel podría dejarle a su hija ese tercio de mejora y el de libre disposición, si prefiere no legárselo a un tercero”, remata Romero.
No solo problema de prueba
Según nuestros expertos, si Kiko consigue demostrar que el juez no autorizó aquella primera hipoteca, podría deshacer la operación aunque estaría obligado a satisfacer la deuda con la otra parte. Mal negocio
Como sabemos, Cantora –una enorme finca que incluye cortijo, nave y plaza de toros– está rehipotecada. La primera hipoteca la estableció Isabel cuando su hijo tenía dos años y en 2002, teniendo ya 18, volvieron a firmar estableciendo una nueva hipoteca. En la primera ocasión, él era un niño; en la segunda, Kiko afirma no saber lo que firmaba, pues siempre ha confiado en su madre ciegamente. ¿Podría él deshacer ambos negocios jurídicos (del primero hace 34 años y del segundo, 18) e incluso echarla de Cantora?
Responde Bonaventura Castellanos: “Debo suponer que para autorizar la primera hipoteca se solicitó la preceptiva autorización judicial para poder disponer de bienes pertenecientes en todo o en parte a menor de edad. Y el juez debió valorar en su momento la conveniencia de autorizar esa operación, considerando que no representaba perjuicio alguno para los intereses del menor. Es altamente improbable que pudiera prosperar cualquier acción en ese sentido”. Romero toma el testigo de su colega y señala que sin autorización judicial, efectivamente, la enajenación de un inmueble en representación de un hijo sería nula por lo que esa primera hipoteca podría perfectamente serlo.
Es decir, según nuestros expertos, si Kiko consigue demostrar que el juez no autorizó aquella primera hipoteca, podría deshacer la operación aunque estaría obligado a satisfacer la deuda con la otra parte. Mal negocio. “En cuanto a la segunda hipoteca, resulta utópico deshacerla: al margen de la prescripción de la acción de nulidad, existió el pleno consentimiento otorgado en documento público, por más que ahora aduzca desconocimiento”, acota Castellanos.
Lo tiene muy complicado
Para pesar de Kiko, estarían prescritos los delitos de apropiación indebida, denuncia falsa y el de desobediencia a la autoridad
Kiko ha explicado que toda la vida creyó que su padre le dejó tan solo la mitad de Cantora (cuando en su testamento era íntegramente para él) pero nada más. Ahora sabemos que había muchos más bienes para él. ¿Podría legalmente Kiko denunciar o querellarse contra su madre?
“Evidentemente si se prueba que esta señora formuló denuncia falsa con objeto de sustraer bienes a los dos hijos habidos del matrimonio anterior de su difunto esposo, ello conllevaría responsabilidades penales. Pero éste es un asunto de muy difícil prueba, ya que se trata de bienes muebles que pueden ser desubicados con mucha celeridad y de los cuales no existe certeza de su verdadera existencia ni documento gráfico que lo certifique”, explica Castellanos.
Sin embargo, consideremos que pueda probarse. Responde Romero: “Isabel Pantoja podría haber cometido un delito de apropiación indebida por disponer ilícitamente de lo que no le pertenece y exteriorizar la voluntad de no devolución del bien indebidamente retenido. En este caso, no obstante, entendemos que ese estaría prescrito: la ley establece que el período de prescripción por este delito es de cinco años si los hechos son considerados leves o conllevan penas inferiores a ese mismo período de tiempo.
>>Asimismo, en el caso de los delitos de modalidad agravada, este período sube hasta los 10 años. Del mismo modo, también estaría prescrito el delito de denuncia falsa y el delito de desobediencia a la autoridad. Y tampoco no se podría ejecutar la sentencia o resolución procesal que aprobó el cuaderno particional, ya que existe un plazo de caducidad de cinco años para ejecutar. Así, Kiko no podría acudir ni a la vía civil ni a la vía penal”.
Un rayo de esperanza
Distinto es el caso de Francisco y Cayetano, que pueden acudir a los tribunales porque tenían abierta una ejecución pero por lo penal, no hay nada que hacer
Finalmente, examinemos las opciones de Francisco y Cayetano Rivera. Los hijos de Paquirri y Carmen Ordóñez, llevan reclamando a Pantoja parte de la herencia que la viuda de Paquirri jamás les dio. Se trata de enseres personales del torero, trajes de luces, capotes y otros bienes que ella encerró en una habitación hasta el día de hoy. Varias voces vienen diciendo que siempre han estado en el cortijo y el propio Kiko Rivera, vio recientemente los trastos que debieron ser para sus medio hermanos.
Hace 26 años, Carmen Ordóñez acudió a los tribunales en nombre de sus hijos para reclamar esos objetos. Cuando el juez ordenó que les fueran entregados, Pantoja adujo que se había producido un robo en Cantora y que había desaparecido todo ello. Era 1994. Hoy sabemos que eso es falso. El abogado de los hermanos Rivera inició el martes acciones legales para que la tonadillera entregue los bienes.
“Cualquier delito si lo hubiese –apropiación indebida, denuncia falsa, desobediencia judicial– se encuentra ya prescrito. En ese sentido, penalmente no hay nada que hacer. Ahora bien, Francisco y Cayetano sí pueden acudir a los tribunales por la vía civil porque tenían abierta una ejecución y en ese caso, no hay prescripción: puede volver solicitarse la devolución de los bienes”. Es decir, aunque Kiko ha sacrificado todas las naves, solo sus hermanos tienen posibilidades de obtener ante un juez algo más que la razón.