Las renuncias a las herencias se dispararon un 25% el año después del inicio de la pandemia
Impacto de la covid-19
Algunos de los motivos para no aceptar la herencia son la alta carga fiscal o el desconocimiento de las deudas que se heredarán
La pandemia hizo aumentar las aceptaciones de herencias como consecuencia de la excepcional mortalidad que se derivó de la covid-19. No obstante, también supuso un incremento considerable de las renuncias de herencias: solo en la primera mitad de 2021 se rehusaron 15 de cada 100.
Según datos del Consejo General del Notariado, las aceptaciones de herencia lograron un récord histórico en los primeros seis meses de 2021, alcanzando las 365.649, un 22,2 % más que en 2020. La tasa de renuncia de herencias también marcó otro hito: se consignaron 56.557 operaciones de renuncia y se alcanzó la mayor cifra de la serie histórica desde 2007.
La pandemia comenzó en el año 2020, pero durante el estado de alarma las tramitaciones de herencia no se consideraron urgentes. Los trámites de aceptación de una herencia pueden llevarse a cabo durante una ventana de tiempo muy amplia, de ahí que los datos de gestión de herencias no reflejen la evolución de la mortalidad, y sea el año 2021 en el que se observe el aumento de formalización de operaciones, a pesar de que la mortalidad en el año 2020 fuera superior por el impacto de la covid-19.
Motivos
¿Por qué se renuncia a la aceptación de la herencia?
El alto número de renuncias tienen su principal origen en la crisis económica derivada del covid. Pero hay otras razones entre las que podemos destacar:
- El miedo a tener que hacerse cargo de posibles deudas o a obtener poco beneficio por todo el trabajo que supone gestionar la documentación para tramitar una herencia se encuentran entre los principales motivos de las renuncias. Uno de los mayores quebraderos de cabeza es conocer previamente el detalle de lo que se va a recibir, porque el heredero se tiene que hacer cargo de los bienes y de las obligaciones, así como de los gastos derivados de aceptar la herencia. Desde la crisis del 2008, el incremento de deudas y la pérdida de poder adquisitivo en ciertas capas de la población ha sido permanente, por lo que es posible que las deudas sean superiores al patrimonio que se vaya a heredar.
- La aceptación de la herencia puede suponer otros gastos a cargo del heredero, como, por ejemplo, estar obligado a hacer obras o reformas en la vivienda heredada.
- Motivos personales. Por ejemplo, la falta de relación con la persona fallecida, las disputas familiares, o el querer beneficiar a un descendiente u otra persona que haya estado a cargo del fallecido en sus últimos años de vida.
- Los costes y la cargas fiscales asociadas a la aceptación de la herencia. No obstante, hay comunidades autónomas que ofrecen bonificaciones importantes en el Impuesto de Sucesiones y es precisamente en estas regiones donde el porcentaje de renuncias de herencias es menor.
Tipos de renuncia a la herencia
Una vez se renuncia a una herencia ya no hay vuelta atrás. Por eso es recomendable asesorarse con abogados especialistas y valorar todas las opciones antes de rechazar un legado. Existen dos tipos de renuncia de la herencia:
- Renuncia pura y gratuita. El heredero renuncia a la herencia sin hacerlo a favor de otra persona. Es una forma de no tener que pagar el Impuesto de Sucesiones.
- Renuncia traslativa a beneficio de alguien. para renunciar a favor de otra persona, el heredero primero tiene que heredar, pagar los impuestos correspondientes, ceder los derechos hereditarios a esa otra persona y pagar el impuesto de donaciones.
Opción poco conocida
Aceptación de herencia a beneficio del inventario
Se trata de un procedimiento de aceptación de herencia muy poco conocido y que se lleva a cabo ante notario desde el año 2015, cuando entró en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Es una solución a considerar ante la incertidumbre económica actual.
Hasta entonces, era un procedimiento de competencia judicial, que requería contratar un abogado y un procurador, además de ser un proceso largo. La aceptación de herencia a beneficio del inventario permite pedir información del inventario del fallecido antes de aceptar o renunciar a la herencia. De esta manera se puede calcular el patrimonio a heredar y qué porcentaje deben destinar los herederos para saldar las deudas contraídas por la persona fallecida.
Cuando se desconoce si el valor de los bienes puede superar al de las deudas, esta opción de aceptación de herencia permite al heredero pagar las posibles deudas contraídas únicamente con los bienes que se enmarcan en la herencia, hasta donde estos alcance. Si queda remanente, pasará al patrimonio del heredero. En ningún caso pondrá en riesgo su patrimonio personal previo.