Lo que cambiará en el mercado cripto con la entrada en vigor del reglamento MiCA

Nueva regulación

La nueva normativa reducirá el número de proveedores criptos existentes, pero facilitará la participación del sector bancario en el negocio

El bitcoin ha roto sus máximos históricos

Monumento a bitcoin en El Salvador 

Camilo Freedman/Bloomberg

Para acabar con el vacío legal que hasta ahora existía en el mercado cripto, la Unión Europea (UE) estrena hoy el nuevo reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets), que establece un marco normativo uniforme en todos los Estados miembros con el fin de proporcionar una mayor protección a los inversores. Esta nueva legislación regula la emisión, oferta y negociación de criptoactivos y establece una serie de requisitos para los proveedores de servicios de criptoactivos.

En primer lugar, necesitarán el visto bueno de la autoridad nacional competente, que en el caso de España será la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), si bien cabe la posibilidad de que también precisen autorización por parte de otra autoridad europea. En segundo lugar, deberán actuar de manera honesta, transparente y profesional en aras del cliente, a quien deberán ofrecer una información veraz, advirtiéndole de los riesgos que entraña este producto. En tercer lugar, los prestadores de servicios estarán obligados a publicar en su web los precios, los costes y sus políticas de comisiones, así como informar sobre las repercusiones de cada criptoactivo sobre el clima y el medio ambiente. 

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Una mujer pasa por el monumento a Bitcoin en El Salvador 

Jose Cabezas / Reuters

Otros de los puntos más destacados de la nueva norma es que los proveedores deberán cumplir requisitos mínimos de capital o una cuarta parte de los gastos generales fijos del año anterior, mantener los criptoactivos y los fondos de los clientes separados de otros activos y no utilizarlos por cuenta propia, así como aplicar políticas y procedimientos para evitar el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo u otros delitos. 

Según el registro del Banco de España, en territorio español operan más de 130 empresas que ofrecen servicios criptos, la mayor parte de ellas con sede en el país. La aplicación de la nueva normativa, no obstante, podría conllevar una reducción de los proveedores que intervienen en este mercado. El motivo, argumenta Eloi Noya, director de Innovación del Instituto de Estudios Financieros (IEF) y autor del libro Fintech, es que los exchanges -plataforma que permiten transacciones y custodia de criptoactivos- “deberán cumplir mayores obligaciones y costes regulatorios, por lo que habrá menos participantes”, si bien el impacto en los más conocidos será mucho menor porque estos “ya han establecido todos los mecanismos de seguridad” que impone la nueva ley.

Al mismo tiempo, MiCA facilitará que “la banca entre en este negocio ofreciendo la posibilidad de comprar a través de sus plataformas este tipo de activos y custodiar las monedas digitales”. Se espera además que limite la proliferación de chiringuitos financieros, aquellas empresas o individuos que operan al margen de la ley, cuyos escándalos “han hecho daño reputacional” al sector cripto. En cambio, los escépticos consideran que la introducción de nuevas regulaciones en este ámbito será una barrera más para el fomento de la innovación en Europa.

Periodo transitorio

¿Qué entidades necesitarán autorización para operar?

Con motivo de la entrada en vigor de MiCA, el supervisor español de los mercados de valores ha recordado que las entidades que pueden acogerse al periodo de transición para adaptarse a la nueva normativa son aquellas que ya venían prestando servicios sobre criptoactivos antes de la aplicación del nuevo reglamento. Asimismo, las personas físicas y jurídicas inscritas en el registro de criptos del Banco de España, que deja de registrar nuevas empresas, no necesitarán solicitar autorización para seguir prestando los mismos servicios que venían ofreciendo hasta el 30 de diciembre del 2025 o hasta la fecha en que se les deniegue la inscripción. Lo mismo aplica a las que ofrecían servicios criptos para los que hasta ahora no necesitaban inscribirse en el Banco de España. El resto deberán solicitar autorización. 

La CNMV recuerda también a los inversores que la nueva normativa los protege “parcialmente”, pues “no lo hace al mismo nivel” que la regulación sobre instrumentos financieros, como las acciones, y que la inversión en criptoactivos “sigue conllevando riesgos significativos”.  

Stablecoins, bitcoin, ethereum...

Monedas digitales que regula MiCA

El nuevo marco regulatorio regula tokens referenciados a activos o monedas -como stablecoins-, tokens de dinero electrónico, como stablecoins referenciadas al euro o al dólar, así como bitcoin, ethereum y los llamados utility tokens, criptomonedas que proporcionan acceso a productos, servicios o funcionalidades en un entorno digital. Sin embargo, el reglamento MiCA no se aplica a tokens no fungibles (NFTs), salvo excepciones. Tampoco regula criptomonedas y tokens que solo se aceptan en un grupo limitado de comercios o para servicios específicos -como programas de fidelización- ni monedas digitales de bancos centrales -euro digital- o emitidas por gobiernos y entidades públicas. También excluye de su ámbito de actuación las finanzas descentralizadas (DeFi), aplicaciones financieras basadas en tecnología blockchain (o cadena de bloques) que ofrecen servicios financieros sin necesidad de intermediarios.

Sin red de seguridad

¿Qué aspectos quedan fuera de la nueva legislación?

Los criptoactivos seguirán sin estar cubiertos por un sistema de indemnización a los inversores, por lo tanto quedan fuera en España del fondo de garantía de inversiones. Esto significa que si el proveedor de servicios no puede devolver el dinero invertido “no hay una red de seguridad”, recalcan desde la CNMV. 

Además, el nuevo reglamento no exige a todos los proveedores de servicios de criptoactivos que recaben información de los clientes para evaluar su capacidad para comprender los productos de criptoactivos que desean adquirir, como sí ocurre con los servicios de inversión tradicionales. Por lo tanto, no existe una garantía de que el producto ofrecido se adapte al tipo de perfil del inversor. 

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Otra recomendación que lanza la CNMV es consultar siempre la lista de chiringuitos financieros, aquellas empresas o individuos que operan al margen de la ley, antes de operar con una determinada entidad.

Aunque este lunes entra en vigor MiCA, se establece un periodo transitorio de 18 meses para que los Estados miembros puedan aplicar los cambios. En el caso de España, el plazo termina el 30 de diciembre del 2025. 

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