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Foment recurre el impuesto de patrimonio en la Audiencia Nacional

Fiscalidad

La patronal abre otra vía para que el gravamen sea declarado inconstitucional

El presidente de Foment del Treball, Josep Sánchez Llibre

Maria Asmarat / ACN

La patronal catalana Foment del Treball ha presentado un recurso contra el impuesto de patrimonio en la Sala de lo Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional, en el que solicita que el tribunal plantee una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional.

Según explicó el presidente de la patronal, Josep Sánchez Llibre, en una rueda de prensa, la patronal va a utilizar esta nueva vía porque ha resultado exitosa recientemente para conseguir que el Constitucional anulará preceptos del impuesto de sociedades. La patronal lleva meses muy beligerante contra este impuesto y, hasta ahora, había elaborado dictámenes que destacaban la inconstitucionalidad del impuesto y los había enviado a las instituciones legitimadas para interponer un recurso en el Alto Tribunal: partidos políticos con más de 50 diputados y senadores, comunidades autónomas y el Defensor del Pueblo.

A partir de estos dictámenes, explicó Sánchez, el PP presentó en el 2021 un recurso en el TC sobre el impuesto. Foment elaboró otro dictamen sobre el llamado impuesto sobre grandes fortunas, un recargo sobre el de patrimonio aprobado en los presupuestos del 2022, que fue la base para que algunos gobiernos autonómicos presentaran un recurso al Constitucional.

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Según Sánchez Llibre, el impuesto del patrimonio es inconstitucional por confiscatorio, ya que grava activos que a veces no produce rentas suficientes para pagarlo; procede del ahorro, por el que el contribuyente ya ha tributado, y no responde a la capacidad de pago del contribuyente, ya que, sumando al IRPF la tasa impositiva, puede superar el 60% de las rentas del contribuyente.

Jordi de Juan, socio de procedimientos tributarios del bufete Crowe Spain y “autor intelectual” del nuevo mecanismo, explicó que con la reclamación pretenden que el Constitucional fije un límite de los ingresos del contribuyente a partir del cual la presión fiscal sea confiscatoria, como ha hecho el Tribunal Constitucional de Alemania.

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Manuel J. Silva, asesor legal de Foment y socio consultor del bufete Roca & Junyent, recordó que este impuesto tiene un gran impacto en el tejido empresarial porque “hace que los directivos se vayan a territorios en los que no se aplica, y en muchas ocasiones detrás del directivo se va la empresa”. Silva recordó que este impuesto no existe en ningún otro país de la UE y hace que Catalunya sea menos competitiva para captar inversiones empresariales.

La presentación del recurso fue aprobada este martes por la junta de Foment. Jordi de Juan explicó que desde el inicio del procedimiento la Audiencia Nacional podría tardar cuatro o cinco meses en presentar la cuestión ante el Alto Tribunal. Este probablemente la acumularía con el recurso que ya ha presentado el PP, reconoció.

En caso de que el Constitucional anulara efectivamente el impuesto, muy probablemente no lo haría con efectos retroactivos, advirtió de Juan. Por ello, la administración que recauda el impuesto, que son las comunidades autónomas y, por tanto, en Catalunya, la Generalitat, habría de devolver lo pagado a los contribuyentes solo en los casos en que hubieran reclamado, y solo el correspondiente a los últimos cuatro años.