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El Abogado General de la UE abre la puerta a anular el IRPH de la hipotecas

Golpe a la banca

El letrado polaco contradice la doctrina del Tribunal Supremo y abre la puerta a que los jueces anulen el índice en una sentencia que se espera para el primer trimestre del próximo año

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Dani Duch

Es un revés para la banca española, aunque no sea definitivo. Los tribunales pueden entrar a valorar si la aplicación del índice hipotecario IRPH ha sido abusiva, según ha dictaminado esta mañana el Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, con lo cual abre la puerta a que los jueces puedan anular estas cláusulas. En sus conclusiones, el Abogado General considera que la cuestión entra dentro de la directiva sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, y califica el índice de poco transparente.

El Abogado General precisa que el juez nacional debe comprobar si cuando se firmó el contrato, se expuso de forma transparente el método de cálculo del tipo de interés, de forma que el consumidor pudiera valorar las consecuencias económicas que le supondrían. Según su análisis, el valor de referencia que establece el IRPH se basa en una fórmula matemática compleja y poco transparente para el consumidor medio. Una invitación, por tanto, a los jueces para que dictaminen el potencial abuso de estas cláusulas.

La sentencia se espera para el primer trimestre de 2020

La posición del Abogado General no es vinculante, pero la experiencia demuestra que, en la gran mayoría de ocasiones, la sentencia sigue sus posicionamientos, una sentencia que tardará aún unos meses ya que se espera para el primer trimestre de 2020.

El impacto de la decisión del Tribunal de Justicia de la UE será significativo por la gran exposición que tienen los grandes bancos españoles (Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Sabadell, Kutxabank, Unicaja y Liberbank) que, según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) sería de 25.000 millones de euros. Sin embargo, las cifras proporcionadas por otras entidades son muy dispares. Van des de los 3.000 millones a que cifraron el impacto Morgan Stanley y Credit Suisse hasta los 44.000 millones que calculó Goldman Sachs.

Un interés del 1,84% frente al -0,356%

En su momento, el índice IRPH con el que se referencian las hipotecas, se vendió argumentando que era como mucho más estable que el otro índice utilizado, el Euríbor, y ciertamente, siempre tuvo muchas menos oscilaciones, pero en cambio a partir de 2013 se situó muy por encima del Euribor, con el coste adicional para los clientes que lo tengan subscrito. Y lo sigue estando. Actualmente, el IRPH ronda el 1,84% y el Euribor el -0,356%.

Cuando empezaron las primeras denuncias de los afectados, una sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2014 avaló la utilización de este índice, pero posteriormente, el juzgado de primera instancia número 38 de Barcelona, elevó la cuestión al Tribunal de la UE para que interpretara si el funcionamiento y la comercialización de este índice eran suficientemente transparentes.

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